Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
2O CONTINUACION, LIBERTAD DE ASOCIACION, DERECHO A LA LIBERTAD DE CULTOS,…
-
LIBERTAD DE ASOCIACION
SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN EL ART 14, 14 BIS DE LA CONSTITUCION 14 DE ASOCIARSE CON FINES UTILES
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS LO DEFINE COMO EL DERECHO A AGRUPARSE CON LA FINALIDAD DE BUSCAR LA REALIZACIÓN DE UN FIN LICITO SIN PRESIONES O INTROMISIONES
EN SU FAZ POSITIVA ES EL DERECHO A FORMAR UNA ASOCIACIÓN LICITA O A INCORPORARSE A UNA YA CONSTITUIDA, TAMBIÉN ES EL DERECHO QUE TIENE LA ASOCIACIÓN DE TENER PERSONALIDAD JURÍDICA LO QUE IMPLICA EL RECONOCIMIENTO DE DERECHOS
EN SU FAZ NEGATIVA: SUPONE EL DERECHO DE TODA PERSONA A NO VERSE COMPELIDA EN UNA ASOCIACIÓN SIN SU CONSENTIMIENTO O CONTRA SU VOLUNTAD
LOS FINES PUEDEN SER DE CUALQUIER INDOLE SIEMPRE Y CUANDO NO SEAN CONTRARIOS AL ORDENAMIENTO JURIDICO, PUEDEN SER IDEOLOGICOS, DEPORTIVOS, SOCIALES, ETC
-
-
LIBERTAD DE PETICION
ESTE DERECHO SE ENCUENTRA CONTEMPLADO EN EL ART 14 DE LA CONS. NACIONAL PETICIONAR A LAS AUTORIDADES
EL ART 24 DE LA CONVENCION AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ESTABLECE: TODA PERSONA TIENE DERECHO A PETICIONAR RESPUETUOSAMENTE A LAS AUTORIDADES COMPETENTES, YA SEA POR INTERES PROPIO O COLECTIVO Y REQUERIR UNA RESPUESTA PRONTA
FRENTE A LA FACULTAD DEL CIUDADANO SE ENCUENTRA LA OBLIGACIÓN DE LA AUTORIDAD COMPETENTE DE RESPONDER , LA RESPUESTA DEBE SER PRONTA, PERTINENTE Y COMPLETA, LA RESPUESTA PUEDE HACER LUGAR TOTAL O PARCIAL O NO HACERLO DIRECTAMENTE YA QUE EL DERECHO A PETICIONAR NO REQUIERE UN ACCESO DE LA AUTORIDAD A LA PETICION
LIBERTAD DE REUNION
NO APARECE EXPRESAMENTE CONTEMPLADO EN LA CONSTITUCION, PERO SE ESTIMA QUE PROVIENE DEL ART 22 EN TANTO QUE ADMITE IMPLICITAMENTE LAS REUNIONES DE PERSONAS, EL ART 14 YA QUE RECONOCE LOS DERECHOS DE PETICION Y ASOCIACION, EL ART 19 YA QUE ESTABLECE QUE LAS ACCIONES QUE DE NINGUN MODO ALTEREN EL ORDEN O LA MORAL PUBLICA O PERJUDIQUEN A UN TERCERO ESTAN EXCENTAS DEL PODER DE LOS MAGISTRADOS,EL 33 YA QUE NACE DEL PODER DE LA SOBERANIA DEL PUEBLO
IMPLICA UNA AGRUPACION MOMENTANEA O TRANSITORIA DE PERSONAS QUE PUEDE SER INCLUSO MOMENTANEA O FUGAZ PARA PERSEGUIR DIVERSOS FINES
SUPONE EL EJERCICIO DE ESTE DERECHO SEA EJERCIDO DE FORMA PACIFICA Y SIN ARMAS Y SUS FINES TAMBIEN DEBEN SER PACIFICOS.
-
-
-
-
LIBERTAD DE ASOCIACION, PETICION Y REUNION