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Función y alcance de la ley mercatoria. - Coggle Diagram
Función y alcance de la ley mercatoria
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III. La lex mercatoria en defecto de Derecho material
uniforme: la conformidad de las mercancías y el contrato internacional de inspección de mercancías
1. La inspección de las mercancías por tercero: el contrato de inspección
La falta de seguridad que comporta para el comprador efectuar el examen de las mercancías en un momento posterior al de la transmisión de los riesgos y el excesivo coste que puede comportar realizarlo en ese momento, explican que resulte cada vez más habitual que el examen de las mercancías se encargue a terceros, que en un primer momento fueron los transportistas, y en la actualidad son entidades especializadas en la prestación de servicios de inspección y certificación
La referida seguridad en lo que respecta a la conformidad de las mercancías objeto de compraventa se logra, así, cuando ambas partes en este contrato acuerdan que se realice la inspección por una de estas entidades especializadas.
La existencia de un certificado de inspección de las mercancías disminuye los litigios entre el comprador y el vendedor, si se pacta que sea la pruebadefinitiva y vinculante acerca de la cantidad, por muy especializado que haya de ser el examen en orden a determinar cualquiera de esos aspectos; pero noes ésta la única ventaja que reporta.
A tenor de la mayor eficiencia que proporciona al contrato de compraventa
internacional, no es de extrañar que cada vez resulte más habitual la contratación del tercero especializado, para que sea éste quien realice la inspección de las mercancías, a cambio del pago de un precio
2. Funciones de la lex mercatoria en defecto de Derecho material
uniforme
A. Función conformadora: las condiciones generales de las sociedades
certificadoras
El vacío legal existente respecto de los contratos internacionales de
inspección de mercancías viene siendo colmado a través de las condiciones generales que las sociedades certificadoras emplean en la contratación. En su práctica totalidad, contratos de adhesión, en los que el principal se encuentra ante la consabida tesitura de “tomar o dejar” la contratación.
En el marco del contrato internacional de inspección las condiciones
generales cumplen con la totalidad de las funciones que tradicionalmente desempeñan en el tráfico jurídico. Pero, a diferencia de otras, no se dirigen de
manera principal a proporcionar una regulación diferente a la contenida en un ordenamiento estatal que pueda carecer de respuestas adecuadas para la
relación cuando tiene carácter internacional.
La diferencia fundamental entre las normas materiales uniformes
internacionales y la normas materiales uniformes privadas extra estatales, esque mientras aquéllas operan al margen de las normas estatales en su ámbito
de aplicación, a salvo de la intervención de éstas en la integración de sus lagunas y en su interpretación.
B. Los usos, prácticas y costumbres y los Principios de Derecho contractual en la
integración de las normas de la lex mercatoria
La importancia de los usos, costumbres y prácticas del sector de la inspección y certificación de mercancías se hace patente en el hecho de que las propias condiciones generales de los contratos de inspección se refieran a ellos de forma, en relación con determinados aspectos del cumplimiento de las obligaciones.
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I. Introducción
1.
Tanto los principios UNIDROIT como los Principios de Derecho contractual europeo han
impulsado la penetración de un nuevo enfoque que postula la superación de esa distinción Los Principios son instrumentos pertenecientes a la lex mercatoria, integrado además, por
otros instrumentos muy diversos
*Usos y costumbres del comercio internacional
Contratos tipo y condiciones generales de contratos internacionales
Prácticas comerciales
Cláusulas tipo
*Códigos de conducta y principios jurídicos
2.
Las ventajas de la presencia de las normas materiales uniformes de fuente
internacional para la regulación de un sector explican que la inexistencia detales normas en el Derecho positivo dote a la lex mercatoria de una mayor
significación, es decir, la lex mercatoria desempeña fundamentalmente una función de actualización, integración e interpretación de esas normas
materiales tratando de erigirse en el propio derecho material uniforme
3.
La regulación de este contrato constituye un excelente ejemplo de que la
ausencia de normas materiales positivas de fuente internacional aplicables a larelación es remediada por los operadores del tráfico transnacional a través de la
autorregulación por medio de normas materiales extra estatales, cuya relación con el Derecho estatal puede explicarse en idénticos términos, especialmente,
como he indicado, si su aplicación se combina con la de los mentados Principios.
II. La Lex Mercatoria en Presencia de Derecho
Material Uniforme
1. Regulación material uniforme de la conformidad de las mercancías
A. Conformidad material de las mercancías objeto de compraventa
internacional
Como se ha indicado, el estudio se centrará en el tratamiento de la
conformidad material de las mercancías que se vincula a su calidad, cantidad o cualquier otra cualidad, y, por tanto, es contrapuesta a la conformidad jurídica,
referida a la inexistencia de sobre tales mercancías
La Convención parte de establecer, en su artículo 35, una obligación del
vendedor, la de entrega de las mercancías “conformes”, que se traducirá en su responsabilidad por la falta de conformidad. La conformidad de las mercancías
objeto de la compraventa se refiere a unos determinados aspectos que el propio artículo 35.1 de la CV de 1980 se encarga de explicitar.
La falta de conformidad es un concepto uniforme que abarca todas las
diferencias que presenten las mercancías entregadas por el vendedor respecto de lo expresamente pactado, pero también los defectos en su envase
o embalaje y la entrega de un aliud.
2. Funciones de la lex mercatoria en presencia de Derecho material
uniforme
A. Actualización, integración e interpretación de las normas materiales
uniformes a través de la autonomía de la voluntad
La precisa relevancia a la autonomía de la voluntad de las partes, permite
que éstas se vinculen a cualesquiera prácticas y usos del comercio y sanciona laobligatoriedad de los usos “objetivamente aplicables”, esto es, los usos que se
entienden que las partes incluyen tácticamente en el contrato
Respecto de la conformidad de las mercancías, se refuerza el valor de la
autonomía de la voluntad, al convertir al contrato en la primera fuente para ladeterminación de las características que han de cumplir o las cualidades que
han de tener las mercancías que se entreguen por el vendedor para serconsideradas conformes
No es obligado que se realice una incorporación expresa en el contrato
para que determinados usos o prácticas se entiendan también parte de tal
contrato, en atención a la voluntad de las partes. Que resulte forzoso atender a
las prácticas que hayan establecido los contratantes entre sí, en la lógica deque éstos pueden haber generado una expectativa razonable de conducta
La lex mercatoria contribuye a remediar el carácter necesariamente general
y abstracto de las normas uniformes convencionales e imprime una mayoragilidad a la contratación, al permitir que las partes prescindan de elaborar, en
todo caso, un acuerdo expreso y detallado en torno a la cantidad o calidad de las mercancías, o al tratamiento jurídico de su disconformidad.
B. Integración e interpretación uniforme de las normas materiales
En el marco de la compraventa internacional en general, y en la regulación
de la conformidad material de las mercancías en particular, no cabe obviar otrade no menor importancia, aunque resulte menos evidente, que es la
colaboración en la integración de lagunas praeter legem.
La posibilidad de intervención de la lex mercatoria a través de este artículo 7.2 de la CV de 1980, se ha de tener presente que los principios a que se refiere dicho precepto han de servir de fundamento a la Convención; haberla inspirado y encontrarse en sus disposiciones; pero no cabe duda de que coinciden con loprincipios generales de la lex mercatoria
La advertencia de que no cabe acudir a los criterios interpretativos que puedan proporcionar los Derechos estatales y la necesidad de atender a la jurisprudencia de los tribunales de otros Estados contratantes en la búsqueda de los criterios que éstos hayan empleado en la interpretación internaciona.
IV. Alcance de la lex mercatoria: intervención
de las normas estatales
1. Función supletiva del Derecho estatal
A. Integración de las lagunas intra legem
La aplicación más importante de las normas estatales tiene lugar en lo que
respecta a la integración de las lagunas que presentan las normas materiales ya sean de fuente convencional, el término “laguna” en un sentido amplio.
A la hora de delimitar el Derecho aplicable a las lagunas intra legem, las normas
convencionales no pueden sino efectuar una remisión genérica a las “normas de
DIPr”; pero en ello no cabe ver una peculiaridad sustancial de algunas normas materiales extraestatales, como las condiciones generales de las sociedades inspectoras, cuando incluyen cláusulas de designación de la lex contractus.
La relativa a la función que pueden desempeñar los Principios UNIDROIT desplazando a los Derechos estatales en la integración de estas lagunas en relación con los contratos que no se sujetan, como es el caso de los contratos de inspección, a una normativa internacional uniforme.
B. Interpretación de las normas materiales e integración de las
lagunas praeter legem
Radica en la obligación de contención que aquéllas suelen disponer a la hora
de dar aplicación al Derecho estatal, tanto en la interpretación de dichas normascuanto en la integración de las lagunas que puedan presentar
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2. Intervención de las normas imperativas
Las normas materiales uniformes de fuente internacional o de fuente privada también conviven con las leyes estatales, también van a ver limitado su alcance a través de la aplicación de las disposiciones materiales estatales que tengan carácter imperativo.
Al tratamiento de la falta de conformidad de las mercancías, la intervención de las normas públicas que pueden afectar a la comerciabilidad. Las exigencias técnicas que dichas normas imponen a determinadas mercancías por razones de interés público
La aplicación de las normas imperativas estatales en la regulación de los contratos de inspección está prevista de forma expresa, a través de una referencia de alcance incierto, porque parece descartable.
V. A modo de recapitulación
I. En el marco de la compraventa internacional la lex mercatoria desempeña
una función integradora, interpretativa y actualizadora de las normas uniformes a través de la autonomía de la voluntad de los contratantes
II. La función conformadora de la lex mercatoria viene demandada por la incapacidad de las normas estatales, y del método conflictual que las designa aplicables, para dar soluciones satisfactorias a tales relaciones