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TRANSMISION DE LA OBLIGACION, Desde el punto de vista jurídico, las…
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Desde el punto de vista jurídico, las obligaciones son vínculos o ataduras legales que unen a dos (2) sujetos, uno denominado el acreedor (sujeto activo que puede obligar, accionando judicialmente ante el incumplimiento voluntario del deudor) y el deudor, que será considerado como el sujeto pasivo del vínculo que nace, y es quien se compromete a cumplir con una prestación a favor del acreedor, que puede ser de darle algo, como por ejemplo, entregarle el dinero por un carro que compró, una prestación de hacer, por ejemplo, construirle un muro limítrofe de 3 metros a una casa a la que se comprometió, o de no hacer, por ejemplo, no edificar ese mismo muro más allá de la altura acordada, para que no se vaya a caer.
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**OBLIGACIONES CONTRACTUALES Es un derecho , el conjunto de consecuencias jurídicas que la ley le asigna a las obligaciones derivadas de un contrato . En razón de esta definición es que a esta materia también se le conoce como "efectos de las obligaciones"El abogado y ex político chileno Pablo Rodríguez la define como el deber de indemnizar los perjuicios causados por el incumplimiento de una obligación preexistente derivada de una relación contractual .
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FORMAS
CESION DE DERECHOS : Es un acuerdo por el que el cedente (acreedor) traspasa de forma voluntaria sus derechos contra el cedido (deudor) a una tercera parte que es el cesionario. El cesionario se coloca por este acuerdo en el lugar de cedente como acreedor.
ASUNCION DE DEUDAS Es un acuerdo entre el deudor y la persona que asume la deuda, que sería el asuntor. Según este contrato el asuntor consiente ser responsable de la obligación que tenía del deudor.
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Se denomina causas de extinción de las obligaciones a los distintos hechos o negocios por virtud de los cuales deja de existir la obligación. En general son causas de extinción todas aquellas que ponen fin a la relación obligatoria ya constituida bien mediante el cumplimiento o por algún modo de satisfacción del acreedor o bien sin que el acreedor llegue a ser satisfecho.
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CLASES DE TRANSMICION
Según la extensión del titulo de la transmisión , ésta es universal o particular .
Según el origen de transmisión puede ser legal o voluntaria
GRUPO NO 5
Nadimar Baghdikian , CI 26.674.819 Exp CJP-14300030V
Erlyn Alfaro, C.I. 29.847.763 Exp CJP171-00357P
Tibisay Trejo, C.I 11.166.422 , Exp CJP -172-00276V
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