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CLÍNICA PROCESAL DE INSPECCIÓN - Coggle Diagram
CLÍNICA PROCESAL DE INSPECCIÓN
CNPP: ARTICULO 267 INSPECCIÓN Aquel acto de investigación que analiza diversos objetos, así como lugares o bien productos de un delito, es de importancia ya que el juez o la persona encargada lo examina con delicadeza, debido a esto se puede entrevistar a las personas que se presenten en el lugar inspeccionado.
INSPECCIÓN DE PERSONAS: Articulo 268 Nos habla con referencia a este tema nos dice que durante la investigación de un delito la policía podrá realizar la inspección sobre una persona y las posesiones que le pertenezcan a la persona involucrada, siempre y cuando sea descubierto en caso de flagrancia o bien que existan indicios de esto. Cuando el policía intuya que se esta cometiendo un acto contrario a la ley, o bien actuando por la orden del Ministerio publico.
INSPECCIÓN DE PERSONAS, La revisión que implique zonas intimas del cuerpo sobre la persona sospechosa requiere autorización judicial.
CATEO: articulo 283, Acción que realiza la policía la cual debe ser a cargo de un juez, El personal encargado de realizarlo debe saber con determinación que se busca, Se debe saber el motivo por el cual se realiza el cateo o bien la persona por la cual se busca en dicho lugar, todo debe estar debidamente esclarecido.
RESPETANDO EN TODO MOMENTO SU DIGNIDAD.
INSPECCIÓN JUDICIAL: Es una prueba que se puede realizar a la hora del juicio, principalmente consiste en la examinacion, puede ser a petición de las partes ya sea a una persona, cosa, o lugar, La persona que realice dicha petición es decir exactamente los puntos esto para no errar.
Cuando se requiere la intervencion de peritos, siempre y cuando en la investigación se requiera la intervención de un especialista en la materia, este sera llamado.
INSPECCIÓN OCULAR
Es la investigación de la escena de un delito o del hecho en sí mismo,se realiza dicha técnica siendo esta vital para su esclarecimiento. Esta pericia puede aportar una gran cantidad de información que posteriormente es tomada como prueba o indicio, que se trata de recoger la muestra y conservar materiales importantes para prueba de un delito, esto durante el juicio.
INSPECCIÓN DE COSAS: Se toma como prueba para el juicio, La policía pertinente realiza la inspección de una cosa, tratándose de la presunción de un delito.
INSPECCIÓN DE LUGAR: Se realiza por medio al acceso al lugar donde se cometió un acto delictuoso o bien aquel donde se encuentre un presunto objeto, persona o cosa que pueda llevarnos a la resolución de un hecho delictuoso.
Corresponde a la inspeccion detallada del bien inmueble, siguiendo los protocolos marcados en el cnpp.
Se lleva a cabo por la policia judicial.
CLÍNICA PROCESAL EN LA RECONSTRUCCIÓN DE HECHOS: E
Es solicitada por un juez o el ministerio publico, para que se lleve acabo tiene como base fundamental establecer hechos pasados y en averiguar cómo sucedieron, y en determinar el caso sub judice; y también, en encontrar cuál es la ley que rige el caso, es el relato que sucedio esto sirve para esclarecer los hechos de una manera mas clara, Cuando exista la presunción de un delito.
articulo 180 cnp, la policia hace un escrito detallado de todo lo que se presente en el momento, o bien si se encuentra el fiscal del caso.