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Derecho Comercial - Coggle Diagram
Derecho Comercial
CONTRATOS
Acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales
NATURALEZA JURÍDICA
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Nacen de dos maneras:
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b- O bien por una conducta de las partes que sea suficiente para demostrar la existencia de un acuerdo
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EVICCIÓN:
Privación total o parcial de una cosa, sufrida por su adquirente, a virtud de una sentencia judicial o administrativa
SANEAMIENTO POR VICIOS
Obligación del vendedor de responder por la cosa vendida en caso de presentar vicios o defectos ocultos que la hagan impropia para el uso a que esté destinada.
SEÑA:
Reforzar el vínculo si la seña es confirmatoria, o
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Fundamentos:
- La fuerza obligatoria de los contratos
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- El principio de la autonomía de la
voluntad
- El principio de la buena fe
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CONTRATOS CONEXOS:
Cuando dos o más contratos autónomos se hallan vinculados entre sí por una finalidad económica en común previamente establecida.
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OBJETO:
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Corresponder a un interés de las partes,
aun cuando éste no sea patrimonial.
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PRESCRIPCIÓN:
Influencia que el transcurso del tiempo tiene en lo que hace a la adquisición y pérdida de determinados derechos
Clases de prescripción:
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Prescripción liberatoria
Produce la pérdida de la facultad de exigir al deudor compulsivamente el cumplimiento de una obligación
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COMPRAVENTA:
Cuando una de las partes se obliga a transferir la propiedad de la cosa y la otra, a pagar un precio en dinero.
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LOS ICOTERMS
Hacen referencia a los términos que regulan la relación entre importador y explotador en las operaciones comerciales internacionales
OBJETIVO:
Consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de las gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional
PERMUTA
Es aquel en el cual las partes se obligan recíprocamente a transferirse el dominio de cosas que no son dinero
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MANDATO
"Dar poder"
Cuando una parte (mandatario) se obliga a realizar uno o más actos jurídicos en interés de otra (mandante)
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CONTRATO DE MUTUO
Cuando una de las partes se compromete a entregar a la otra parte, en propiedad, una determinada cantidad de cosas fungibles, y ésta se obliga a devolver igual cantidad de cosas de la misma calidad y especie.
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El contrato de mutuo es oneroso,
excepto que se pacte la gratuidad.
CONTRATO DE COMODATO
Cuando una parte se obliga a entregar a otra, una cosa no fungible, mueble o inmueble, para que sirva gratuitamente de ella y restituya la misma una vez recibida.
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OBJETO:
El comodato debe recaer sobre cosas no fungibles, muebles o
inmuebles.
FIANZA
Cuando una persona se obliga accesoriamente por otro a satisfacer una prestación para el caso de incumplimiento
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CONTRATO DE LOCACIÓN
Cuando una parte se obliga a otorgar a otra el uso y goce temporario de una cosa, a cambio del pago de un precio en dinero
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EMPRESA
Conjunto de elementos bajo un régimen organizacional, donde se afectan funcionalmente a una determinada actividad económica.
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PROPIEDAD INTELECTUAL
Ideas, conceptos, o expresiones creadas por la inteligencia humana
Los derechos de propiedad literaria, científica y artística
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EL ARBITRAJE
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CONTRATO DE ARBITRAJE
Cuando las partes deciden someter a la decisión de uno o más árbitros todas o algunas de las controversias que hayan surgido, respecto a una relación jurídica
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CONTABILIDAD
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Obligados de llevarla:
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Prohibiciones:
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c- Interlinear, raspar, emendar o tachar
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La rama del Derecho que regula a las Empresas, a los negocios y a las relaciones dentro del mercado
Cuatro Ramas:
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4° Etapa: El Derecho Comercial como Derecho de la actividad económica organizada con fuerte protección al consumidor
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DERECHO REAL:
Poder jurídico que ejerce una persona sobre una cosa de manera directa e inmediata para un aprovechamiento total o parcial, siendo este derecho oponible a terceros
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AGENTES AUXILIARES
Aquellas personas que colaboran directamente con la actividad comercial o contractual del empresario.
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MEDIACIÓN
Proceso de negociación asistida, donde las partes del conflicto negocian ayudadas por un tercero neutral.
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CONCILIACIÓN
Mecanismo de resolución de conflictos, donde dos o más partes someten una controversia ante un tercero neutral
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