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La Nacionalidad NACIONA, image - Coggle Diagram
La Nacionalidad
Sistemas para adquirir la Nacionalidad de Origen
:!: El Ius Sanguinis
Tiene su origen en el Derecho Romano, este se aplica en la mayoría de los países Europeos excepto en Inglaterra.
Es propio de países sujetos a emigración pues este principio pretende aumentar el numero de sus nacionales.
:!: El Ius Soli
Una persona obtiene la nacionalidad por el hecho de nacer en ese país, este puede ser contrario y contradictorio con el ius sanguinis.
Este ha sido acogido por la mayoría de países latinoamericanos, por el significado de que cualquiera que naciera en el el país obtiene su nacionalidad.
Tiene su origen en el Derecho Medieval, donde al hombre se le consideraba vinculado a un determinado territorio.
Art:32. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su Ordinal 1.
:pen: Toda persona nacida en territorio de la República, con esta norma se incluye el Lus Soli , pero no es absoluto.
:!: El Sistema Mixto
Consiste en la mezcla del lus sanquinis y el lus soli, las necesidades de practica han obligado a los estados a combinar uno y otro sistema.
Las diferencias de criterios para determinar la nacionalidad de origen es lo que se llama conflicto de nacionalidad.
La Constitución de la República de Venezuela de 1961 en su Art 35. acoge el sistema mixto combina el Ius Sanguinis con el sistema Ius Soli.
Toda Persona nacida en territorio extranjero de padres Venezolanos por nacimiento siempre que establezca su residencia en el territorio o declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad Venezolana
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La doble nacionalidad Articulo 34 de la Constitución "La nacionalidad Venezolana no se pierde al optar por otra nacionalidad"
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La Doble Nacionalidad
Se trata de aquellas personas que en razón de complementarse en determinadas situaciones jurídicas, poseen mas de una nacionalidad. :
Las extranjeras casadas con Venezolano
:pen: Tradicionalmente se ha establecido en las Constituciones Venezolana que no pierde la nacionalidad Venezolana
La nacionalidad es la unión jurídica de un individuo con un Estado, lo que supone ciertos derechos pero también una serie de obligaciones entre las partes.
Cada país tiene derecho a decidir si una persona merece o no una nacionalidad, y quitársela cuando el individuo haya incumplido las leyes propias del país.
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Nacionalidad Originaria
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Fundamentación Legal
Artículo 32 de la CRBV
Son venezolanos y venezolanas por nacimiento:
- Toda persona nacida en el territorio de la República
- Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento
- Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano siempre que establezcan su residencia en el territorio de la República o declaren su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana
- Toda persona nacida en territorio extranjero hijo de padres venezolanos por naturalización, siempre que antes de cumplir los dieciocho años establezca su residencia en el territorio de la República y antes de cumplir los veinticinco años de edad, declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana
¿Cómo se adquiere la nacionalidad en Venezuela?
Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezca su residencia en el territorio de la República o declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.
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De acuerdo al artículo 4 de la LEY DE NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA
Se entenderá por
Ciudadanía
la condición jurídica obtenida por la nacionalidad venezolana, la cual permite el goce y el ejercicio de los derechos y deberes políticos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las leyes.
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Carta de Naturaleza
el instrumento mediante el cual se otorga la nacionalidad venezolana a los extranjeros o extranjeras.
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Juramentación
el acto solemne mediante el cual la persona interesada jura someterse y obedecer fielmente la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la leyes.
Residencia
la estadía de una persona que se ha establecido en el territorio de la República, con ánimo de permanecer en él.
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Francys Dugarte Exp CJP-193-00073V
Antholiz Dudamel Exp CJP-192-00003V
Roosevelt Angel Ortiz Exp CJP-091-00555V
Nelsy Duarte Exp CJP-142-01078V
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