Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
8 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD, CONTROL DE CONVENCIONALIDAD, CONTROL DE…
8 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
SE SITÚA BAJO LA PREMISA
NO TODO LO LEGAL ES CONSTITUCIONALMENTE VALIDO
ES LA
FACULTAD
QUE TIENE EL ORGANO JUDICIAL PARA EXAMINAR LA ACTIVIDAD DE LOS OTROS PODERES DEL ESTADO, EL EJECUTIVO Y EL LEGISLATIVO
ESTA DESTINADO A RESGUARDAR QUE LAS LEYES, DECRETOS,NORMAS Y ACTOS DE GOBIERNO NACIONALES, PROVINCIALES Y LOCALES SE AJUSTEN AL MARCO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES CON JERARQUÍA CONSTITUCIONAL.
SU FINALIDAD ES LA ADECUACION DE DISPOSICIONES DE RANGO INFERIOR A LA CONSTITUCION NACIONAL YA QUE ES EL VALOR MAGNO.
LOS MAGISTRADOS
ESTAN HABILITADOS DE OFICIO O A PETICION DE PARTE A OBSERVAR EN BASE AL PRINCIPIO DE SUPREMACIA DE LA CONSTITUCION
CONFORME EL ART 31 Y VELAR POR LA COHERENCIA DE LOS ACTOS DEL PODER EJECUTIVO Y LEGISLATIVO CON LA MISMA
EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD ES UNA
GARANTÍA PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO DE DERECHO
PONE
LIMITES AL PODER DEL GOBIERNO
, EL LIBERALISMO INFLUYE EN SU CREACION YA QUE SU FINALIDAD ES LIMITAR EL PODER DE GOBIERNO Y ASI GARANTIZAR LA LIBERTAD INDIVIDUAL
ES UN RECURSO TÉCNICO ESPECIFICO A CARGO DE LOS JUECES PARA GARANTIZAR EL PREDOMINIO DE LA CONSTITUCION
CONTROL DE CONVENCIONALIDAD
ES EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD PERO DE TRATADOS INTERNACIONALES (COMO LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS)
EL CONTOL DE CONVENCIONALIDAD
CONSISTE EN DESENTRAÑAR Y FIJAR SENTIDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
DICTADAS POR ORGANOS INTERNACIONALES COMO LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
FIJA SENTIDO A LA NORMA INTERNACIONAL Y COLABORA CON LA ADECUACIÓN DE LA NORMA INTERNA
PROVEE PAUTAS DE INTERPRETACION
CUALQUIER NORMA DOMESTICA
( LEYES, DECRETOS, NORMAS) PUEDEN SER SOMETIDAS A UN CONTROL DE CONVENCIONALIDAD
INTEGRACION EXCLUYENTE
LA FINALIDAD ES
COMPATIBILIZAR
LOS ORDENAMIENTOS INTERNACIONALES CON EL ORDENAMIENTO INTERNO Y
DOTAR DE RAZONABILIDAD
LA NORMA INTERNACIONAL
ESTA A
CARGO DE LOS MAGISTRADOS CONTROLAR QUE LAS LEYES, DECRETOS NORMAS O ACTOS DE GOBIERNO NO CONTRARÍEN LA NORMA SUPRANACIONAL
LOS JUECES DEBEN REALIZAR EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD Y APLICAR LA
GARANTIA DE LA NORMA INTERNACIONAL
INVALIDANDO LA NORMA INTERNA
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DIFUSO ARGETINA
CONSISTE EN LA ATRIBUCIÓN QUE TIENE EL SISTEMA JURÍDICO PARA CONTROLAR Y LIMITAR EL PODER DE LOS OTROS DOS ÓRGANOS DEL ESTADO, EL PODER LEGISLATIVO Y EL EJECUTIVO, Y ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO Y LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL CONFORME AL ART 31
1)
SUPREMACIA CONSTITUCIONAL
: EL FIN DEL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD ES DECLARAR LA INAPLICABILIDAD DE LA NORMA QUE NO SE ADECUE A LA CONSTITUCION NACIONAL EN VIRTUD DE LA JERARQUIA NORMATIVA
2)
ALCANCE LIMITADO
: LA INCONSTITUCIONALIDAD SE DECLARA EN VIRTUD DE UN CASO CONCRETO Y SOLO TIENE EFECTO ENTRE PARTES,EXCEPTO QUE SE DECLARE ERGA OMNES
3)
INTERPRETACION RESTRICTIVA
: DEBE SER EL ULTIMO METODO TIENE CARACTER SUBSIDIARIO
4)
ORGANO DE CONTROL DIFUSO Y LIMITADO
: PUEDE EJERCERLO CUALQUIER MAGISTRADO CON CAPACIDAD JURISDICCIONAL
CULMINA CON LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA COMO ULTIMO INTERPRETE Y GARANTE DE LA CONSTITUCION
CARACTERES
CARACTERISTICAS