ASPECTOS CENTRALES DE LA CONFIDENCIALIDAD EN PSICOLOGÍA

La confidencialidad en Declaraciones de Principios Éticos de la psicología

Relación de la confidencialidad con los DDHH y los principio bioéticos

El concepto de confidencialidad, y su observancia práctica, se relaciona íntimamente con la preservación de derechos básicos e irrenunciables de los seres humanos y de las comunidades

La confidencialidad en el ámbito legal profesional

Consideraciones sobre los límites de la confidencialidad

En la Ley de Salud Mental 25.657, se establece la necesidad de la aplicación de la confidencialidad

Se plantea la obligatoriedad del respeto por la dignidad de
las personas, el garantizar la confidencialidad de los datos

Para así defender los derechos de los ciudadanos y el derecho a no
ser identificado por padecer o haber padecido un malestar psíquico

La preservación de la confidencialidad, también se relaciona con el respeto a los principios bioéticos fundamentales

La autonomía

La justicia

La beneficencia-no maleficencia,

Se resguarda su capacidad para tomar decisiones libres y racionales

La confianza que se espera del profesional

Se advierte en el hecho de que el
accionar profesional no sólo estaría propiciando el bien del consultante, sino evitando la generación de daño.

Los/as psicólogos/as deberán respetar el derecho de los individuos a la privacidad, confidencialidad, autodeterminación, diversidad y autonomía

La confidencialidad es un principio fundamental en el ejercicio de la psicología, y que apunta a preservar el bienestar de las personas y comunidades, respetando su intimidad y privacidad

Los psicólogos garantizarán una apropiada confidencialidad al crear, almacenar, acceder, transferir y eliminar registros bajo su control, con los recaudos apropiados a si son impresos, digitalizados, videograbados, etc

Según el Código de ética de la FePRA (2013) las causales de levantamiento del secreto profesional son cuatro:

.Cuando así lo exija el bien del propio consultante, debido a que éste, por causas de su estado, presumiblemente pudiera causarse un daño o causarlo a otros

Cuando se trate de evitar la comisión de un delito o prevenir los daños que pudieran derivar del mismo.

Cuando el psicólogo deba defenderse de denuncias efectuadas por el consultante en ámbitos policiales, judiciales o profesionales

Cuando el propio consultante lo autorice o solicite por escrito, quedando a criterio del profesional actuante la información que se brinde

En general los potenciales riesgos o daños concretos para el consultante u otras personas

(violencia familiar, abuso de menores, situaciones de maltrato, etc.)

Se relacionan mayoritariamente con la violación de alguna ley, y en ese sentido su denuncia es obligación de todo ciudadano.

Revelar información confidencial sin autorización ni justa causa lesiona el principio de autonomía del consultante, su derecho a la privacidad, traiciona la confianza depositada en el profesional y lo
expone a numerosos riesgos.

Los límites del secreto profesional deben considerarse contextualizando en la singularidad de cada caso desde un marco ético y deontológico

Por ello, la importancia de la formación teórico-técnica, la actualización y la destreza profesional en diversos campos como

Pericias judiciales

Selección laboral

Informes escolares

Historias clínicas

Docencia

Supervisiones de prácticas de pregrado