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MAPA CONCETUAL SENTENCIA DELEGACION SECTOR PRIVADO(CASO Nº0008-10IC),…
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5)Refiere a casos de excepción , para que la iniciativa privada y economía popular y solidaria puedan :
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Rafael Correa Delgado, presidente de la republica solicita la interpretación Constitucional.
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La solicitud de interpretación constitucional fue planteada en la corte constitución el 12 de agosto del 2010.
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2)Estado Central puede autorizar a las empresas públicas la
gestión de los sectores estratégicos y/o la prestación de los servicios públicos.
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1)En la sala de admisión de la Corte Constitución, conformada por los doctores Patricio Pazmiño Freire, Alfonso Luz Yunes y Patricio Herrera Betancourt , califica la admisibilidad de la solicitud de interpretación constitucional.
2)Dispone a remitir a la secretaria general el extracto de la solicitud cuyo fin es publicarlo en el registro oficial y en el portal electrónico de la Corte Constitucional.
3)Se procederá al sorteo, será publicada en el Registro Oficial N.º 360, por la cual le correspondió al Dr. Manuel Viteri Olvera, actuó como juez sustanciador
4)por providencia del 08 de febrero del 2011, avoca la presente acción de interpretación, se le notifico al Presidente de la Republica ,y economista Rafael Correa
5)Norma constitucional objeto de interpretación esta el articulo 313, 315, 316 de la Constitución.
1)En los años noventa comenzó la privatización del Estado, por la cual los servicios públicos cuya prestación era su responsabilidad, podían ser prestados directamente o por delegación a empresas privadas o mixtas , sin tener favoritismos.
3)Para la gestión de sectores estratégicos y prestación de los servicios públicos el Estado debe formar empresas publicas.
4)El Estado podrá delegar la participación en sectores estratégicos y servicios públicos a empresas mixtas que tengan mayor acciones
2) La administración, regulación y control de los sectores estragicos y servicios públicos le corresponde al Estado.
5) Se pueden presentar ocasiones , que entidades del Estado distintas a empresas publicas requieran por alguna razón de estos servicios, la gestión de algún sector estratégico.
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3)Empresas publicas no regulan ni controlan sectores estratégicos ni presta de servicios públicos para los que se ha autorizado.
4)Estado Central, mas no las empresas públicas, podrá delegar a empresas mixtas.
5)El Estado, excepcionalmente, mas no las empresas públicas, podrá delegar a la
iniciativa privada y a la economía popular y solidaria
6)Empresas publicas dentro del sector que correspondan , conforme el objeto por el cual se constituye son entidades que forman parte del Estado.
1)Los artículos anteriores, debe entender las empresas publicas tiene facultad de gestionar sectores estratégicos y prestar servicios públicos que son autorizadas
3)Estado central, atrae vez de las dos autorices con atribución legal podrá delegar empresas mixtas
4) las instituciones del Estado , necesiten gestionar un sector estratégico como medio para prestar los servicios públicos.
Se apartò del criterio de la mayoría , dio su voto salvado por :