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OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES,…
OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR
Obligar al trabajador, por cualquier medio, a retirarse de la asociación a que pertenezca o que se vote por determinada candidatura.
El cometimiento de actos de acoso laboral o la autorización de los mismos, por acción u omisión.
Inferir o conculcar el derecho al libre desenvolvimiento de las actividades estrictamente sindicales de la respectiva organización de trabajadores.
Imponer multad que no se hallaren previstas en el respectivo reglamento interno, legal aprobado.
Retener más del diez por cierto (10%) de la remuneración por concepto de multas.
Exigir o aceptar del trabajador dinero o especies como gratificación para que se le admita en trabajo, o por cualquier otro motivo.
Sancionar al trabajador con la suspensión del trabajador.
Asumir el 11,15% que corresponde al empleador por la seguridad social.
A pagar utilidades si la empresa tiene beneficios.
A partir del segundo año de trabajo pagar los Fondos de Reserva.
Celebrar un contrato de trabajo
Afiliar al trabajador a la Seguridad Social (IESS), a partir del primer día de trabajo, inclusive si es a prueba.
Pagar los décimos tercero y cuarto.
Tratar a los trabajadores con la debida consideración, no infiriéndoles maltratos de palabra o la obra.
Inscribir el contrato de trabajo en el Ministerio de Relaciones Laborales.
A pagar una compensación por el salario digno.
Pagar horas extras y suplementarias.
Sueldo básico que se debe pagar es de 425.00 usd (SBU 2022)
Obstaculizar, por cualquier medio, las visitas o inspecciones de las autoridades del trabajo a los establecimientos o centros de trabajo, y la revisión de la documentación referente a los trabajadores que dichas autoridades practicaren.
Exigir al trabajador que compre sus artículos de consumo en tiendas o lugares determinados.
Cobrar al trabajador interés, sea cual fuere, por las cantidades que le anticipe por cuenta de remuneración.
Hacer propaganda política o religiosa entre los trabajadores.
Recibir en trabajos o empleos a ciudadanos remisos que no hayan arreglado su situación militar. El empleador que violare esta prohibición, será sancionado con multa que se impondrá de conformidad con lo previsto en la Ley de Servicio Militar Obligatorio, en cada caso.
OBLIGACIONES
PROHIBICIONES