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DE LA SALA PLENA Y PRESIDENCIA - Coggle Diagram
DE LA SALA PLENA Y PRESIDENCIA
Artículo 49. (QUÓRUM Y NÚMERO DE VOTOS PARA DICTAR RESOLUCIÓN).
I. El Pleno del Tribunal Departamental de Justicia, hará quórum con
la mitad más uno de la totalidad de sus miembros.
II. Las resoluciones que adopte, serán por mayoría absoluta de votos
de la totalidad de sus miembros.
Artículo 50. (ATRIBUCIONES DE LA SALA PLENA).
Organizar la conformación de sus salas de acuerdo con sus
requerimientos y necesidades, en coordinación con el Tribunal Supremo de Justicia;
Dirigir el movimiento judicial de sus respectivos departamentos;
Conocer las recusaciones formuladas contra alguno de sus
miembros;
Autorizar el o los medios de prensa, en los que se podrán efectuar
las publicaciones de comunicaciones judiciales; y
Dirimir conflictos de competencias entre juezas o jueces del
departamento;
Conocer y resolver todo asunto que la ley le atribuya y que no
corresponda en particular a alguna de sus salas.
Artículo 51. (ELECCIÓN Y PERÍODO DE FUNCIONES DE LA PRESIDENTA O PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA).
II. El período de su mandato será de dos (2) años, no pudiendo ser
reelegida o reelegido.
III. En caso de impedimento temporal o cesación de la Presidenta o el
Presidente del Tribunal Departamental de Justicia, por causas establecidas en la presente Ley, la Decana o el Decano, asumirá la
presidencia. La Decana o el Decano, es la o el vocal con más años de experiencia profesional en la judicatura o en su defecto en la
profesión de abogado.
I. La Sala Plena del Tribunal Departamental elegirá a su Presidenta o
Presidente, mediante voto público y nominal de las y los vocales, por mayoría simple de votos del total de sus miembros.
Artículo 52. (ATRIBUCIONES DE LA PRESIDENTA O DEL PRESIDENTE).
Informar al Consejo de la Magistratura y Tribunal Supremo de
Justicia, sobre las acefalías de los cargos;
Conceder permiso a las y los vocales, juezas y jueces de acuerdo a
reglamento; y
Convocar a reunión de Sala Plena;
Confrontar y rubricar las cartas acordadas, provisiones y otros
libramientos de la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia;
Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Sala Plena;
Otras establecidas por ley.
Presentar informe de labores en la apertura del año judicial;
Suscribir las comunicaciones oficiales y correspondencia a nombre
del Tribunal Departamental de Justicia;
Ministrar posesión y recibir el juramento de ley a quien o a
quienes fueren designados juezas o jueces, así como a las o los
Presidir al Tribunal Departamental de Justicia en la Sala Plena y representarlo en los actos oficiales;