Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
CONCLUSION DE LA ETAPA PREPARATORIA - Coggle Diagram
CONCLUSION DE LA ETAPA PREPARATORIA
en los actos conclusivos art 323 C.P.P. cuando el fiscal concluya la investigación
presentara ante el juez de de instrucción la acusación si estima que la investigación proporciona fundamento para el enjuiciamiento publico del imputado .......
impugnación del procedimiento art 324C.P.P. las partes podrán impugnar la resolución de sobreseimiento dentro del plazo de 5 días siguientes a su notificación ante el fiscal que la dicto el ministerio publico notificara la resolución a las partes y a los abogados dentro del plazo de 24 horas de pronunciada través de los buzones de notificaciones de
en la audiencia conclusiva
art 325C.P.P. presentación de requerimiento fiscal presentado el requerimiento conclusivo la jueza de instrucción dentro de plazo 24 horas previo sorteo atreves del sistema
para la aplicación de salidas alternativas el juez deberá resolver sin necesidad de audiencia ,los criterios de oportunidad siempre que se hubieren presentado los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos legales correspondientes dentro del plazo de los 5 días siguientes solicitada
en caso de que el imputado guarde detención preventiva el plazo máximo de 48 horas
facultades de las partes
alcance de salidas alternativas art 236 C.P.P. inc 1 el imputado podrá acogerse al procedimiento abreviado, criterio de oportunidad suspensión condicional del proceso o conciliación en los art 21,23,24, 373, y 374del C.P.P.
los art 65, 67, de la ley n- 025 de 24 de junio de 2010del órgano judicial siempre que no se prohíba expresamente por ley aun cuando la causa se encuentre con acusación o en audiencia en el juicio oral hasta antes de dictar la sentencia
el imputado podrá efectuar su solicitud a la fiscal con conocimiento de la jueza o tribunal
en el caso que el imputado guarde detención preventiva el plazo máximo será de cuarenta ocho días
desarrollo de la audiencia conclusiva
conciliación art 327C.P.P. siempre que la conciliación sea previsible de acuerdo a la normativa especial y vigente
el fiscal de oficio deberá promoverla desde el primer momento del proceso hasta antes de emitirse el requerimiento conclusivo
el juez de oficio deberá promoverla antes de efectuar la conminatoria por vencimiento del termino de la investigación preliminar
las partes podrán promover la conciliación en cualquier momento hasta antes de emitirse sentencia
el acuerdo conciliatorio suspenderá los plazos de prescripción civil y penal hasta hasta que se verifique
tramite y resolución de salidas alternativas art 328
la solicitud de criterio de oportunidad reglada debera efectuarse acompañando todos los elementos de prueba pertinente y resolverse sin mas tramite
la suspensión condicional del proceso el procedimiento abreviado la conciliación deberán resolverse en audiencia a llevar a cabo dentro del plazo 10 días siguientes de solicitud