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OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR, Nombre: Coro Cedeño Vanessa…
OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR
La persona o entidad, de cualquier clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra o a quien se presta el servicio, se denomina empresario o empleador.
PROHIBICIONES DEL CÓDIGO DE TRABAJO EN EL ART.44
Hacer propaganda política o religiosa entre los trabajadores.
Cobrar al trabajador interés, sea cual fuere, por las cantidades que le anticipe por cuenta de
remuneración.
Exigir al trabajador que compre sus artículos de consumo en tiendas o lugares determinados.
Obligar al trabajador, por cualquier medio, a retirarse de la asociación a que pertenezca o a que
vote por determinada candidatura.
Retener más del diez por ciento (10%) de la remuneración por concepto de multas.
Imponer colectas o suscripciones entre los trabajadores
Imponer multas que no se hallaren previstas en el respectivo reglamento interno, legalmente
aprobado.
Sancionar al trabajador con la suspensión del trabajo.
Exigir o aceptar del trabajador dinero o especies como gratificación para que se le admita en el
trabajo, o por cualquier otro motivo.
Obstaculizar, por cualquier medio, las visitas o inspecciones de las autoridades del trabajo a los establecimientos o centros de trabajo, y la revisión de la documentación referente a los trabajadores que dichas autoridades practicaren.
Recibir en trabajos o empleos a ciudadanos remisos que no hayan arreglado su situación militar.
Inferir o conculcar el derecho al libre desenvolvimiento de las actividades estrictamente sindicales
de la respectiva organización de trabajadores.
El cometimiento de actos de acoso laboral o la autorización de los mismos, por acción u omisión.
OBLIGACIONES
Designar los responsables y recursos materiales y humanos para realizar la gestión de seguridad, salud en el trabajo y gestión integral de riesgos
Las entidades públicas o semipúblicas, las empresas o empleadores, estarán obligados a proporcionar al "Consejo Nacional de Trabajo y Salarios", la información que fuere requerida para el cabal cumplimiento de sus [funciones.]
Ejecución y gestión conforme a lo declarado y reportado
Planificar las acciones para la aplicación de la normativa vigente
Difusión al personal a su cargo
Mantener actualizado el archivo con los documentos que sustenten lo registrado, aprobado y reportado
Afiliar a tu trabajador a la Seguridad Social (IESS), a partir del primer día de trabajo, inclusive si es a prueba.
Inscribir el contrato de trabajo en el Ministerio de Relaciones Laborales.
Pagar horas extras y suplementarias.
A partir del segundo año de trabajo pagar los Fondos de Reserva.
A pagar utilidades si la empresa tiene beneficios.
A pagar una compensación por el salario digno.
Tratar a los trabajadores con la debida consideración, no infiriéndoles maltratos de palabra o de obra.
Nombre: Coro Cedeño Vanessa Dayana
Materia: Derecho Laboral
ING.: Ramirez Chavez Eliceo
Taller: semana 5