FILIACIÓN
Relación jurídica entre una persona y sus progenitores basada en la biológica, que determina la identificación de la persona por medio de los apellidos
TIPOS
POR NATURALEZA
ADOPTIVA
MATRIMONIAL
NO MATRIMONIAL
Producen los mismos efectos
El hijo nace de padres unidos por matrimonio (anterior o posterior al nacimiento)
El hijo nace sin que los padres estén casados
CARACTERISTICAS
INDISPONIBLE, IMPRESCRIPTIBLE, IRRENUNCIABLE y PERSONALÍSIMO
Su defensa y determinación constituyen una manifestación de un derecho fundamental= la protección de la persona
CONTENIDO
DCHO A LOS APELLIDOS
DCHO DE ALIMENTOS
Llevarán los apellidos de los progenitores que los hayan reconocido
El primer apellido será el determinado
COMÚN ACUERDO PROGENITORES
ENCARGADO REGISTRO
Atendiendo al interés superior del menor
El orden de los apellidos deberá ser el mismo para todos los hijos comunes.
El hijo, al ser mayor de edad puede solicitar (en cualquier caso) el cambio de orden de los apellidos
DCHOS SUCESORIOS
art. 39 CE = los padres deben prestar asistencia de todo tipo a los hijos que hayan habido dentro o fuera del matrimonio
La ley atribuye el derecho a la legítima en la sucesión del padre o la madre
Los descendientes y ascendientes son recíprocamente herederos forzosos
En la sucesión intestada, los primeros llamados por la ley a la sucesión son los descendientes
DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN
DETERMINACION PATERNIDAD
DETERMINACIÓN MATERNIDAD
Nacimiento (parto). Es una presunción iuris et de iure, que no admite prueba contrario. Se puede impugnar
MATRIMONIAL
NO MATRIMONIAL
Por medio de presunciones
El marido de la madre es el padre
Hijo que nace dentro 180 días ss a la celebración del matrimonio. El marido puede destruir la presunción mediante declaración de desconocimiento
Hijo que nace después de celebrado el matrimonio y antes de 300 días ss a la disolución o separación legal o de hecho
Hijos nacidos de inseminación asistida consentida previa/ por el marido (salvo que el matrimonio estuviere separado legalmente o de hecho)
Por medio de reconocimiento por sentencia judicial firme