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OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN - Coggle Diagram
OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN
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- OPOSICIÓN PODE DEFECTOS PROCESALES
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- FALTA DE COMPETENCIA DEL TRIBUNAL: SE DEBE DE INTERPONER LA DECLINATORIA EN UN PLAZO DE 5 DÍAS DESDE QUE SE NOTIFICA. NO SE SUSPENDE
- OPOSICIÓN POR OTROS DEFECTOS PROCESALES: EL TRIBUNAL DEBE COMPROBAR , PLAZO DE 10 DÍAS
- LA CADUCIDAD DE LA ACCIÓN EJECUTIVA
PROCEDIMIENRTO:
- SE PRESENTA POR ESCRITO JUNTO CON LA DOCUMENTACIÓN RELEVANTE
- NO SE SUSPENDE LA EJECUCIÓN: POSIBILIDAD DE CONSIGNAR LA CANTIDAD DEBIDA PARA EVITAR EMBARGO
- SE TRASLADA A LA PARTE EJECUTANTE
- EL TRIBUNAL RESUELVE
- OPOSICIÓN POR MOTIVOS DE FONDO
- PERMITE CUESTIONAR SI SUBSISTE LA PRESTACIÓN QUE RECOGE EL TITULO EJECUTIVO POR MOTIVOS EXTRAPORCESALES
- LA OPOSICIÓN SERÁ DISTINTA EN FUNCIÓN DEL TITULO EJECUTIVO
-> JUDICIALES Y ARBITRALES
-> TITULOS NO JURISDICCIONALES
- LA LEY ESTABLECERÁ LAS CAUSAS EN QUE SE PUEDE FUNDAR Y LOS MEDIOS DE PRUEBA ADMISIBLES
- OPOSICIÓN POR MOTIVOS DE FONDO EN TITULOS JUDICIALES
EL EJECUTADO PODRA OPONER:
- EL PAGO O CUMPLIMEINTO DE LO ESTABLECIDO EN LA SENTENCIA O LAUDO
- EL ACUERDO O TRANSACCIÓN CONVENIDO PARA EVITAR LA EJECUCIÓN SIEMPRE QUE CONSTE EN DOCUMENTO PÚBLICO
LA OPOSICIÓN NO SUSPENDE LA EJECUCIÓN, NO OBSTANTE CONSIGNACION CANTIDAD SI EL EMBARGO
- OPOSICIÓN POR MOTIVOS DE FONDO EN TITULOS EJECUTIVOS NO JUDICIALES
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