ORGÁNICO
El derecho procesal constitucional, comprende la organización y atribuciones de los Tribunales Constitucionales, es decir, el derecho procesal constitucional orgánico. En Venezuela, el Tribunal Constitucional está representado por la Sala Constitucional, Art. 262 de la Constitución: ¨El Tribunal Supremo de Justicia funcionará en Sala Plena y en las Salas Constitucional, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil, de Casación Social, cuyas integraciones y competencias serán determinadas por su ley orgánica…¨.