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DERECHO CONCURSAL, EXCLUSIÓN + RIVALIDAD = Bienes privados, EXCLUSIÓN + NO…
DERECHO CONCURSAL
PRINCIPIOS
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Interés público
Adecuada protección del crédito: lo que congela la economía es la paralización del crédito, por eso se busca protegerlo lo más posible.
El objetivo del proceso concursal es generar un proceso ordenado, que no sea la ley más fuerte y que los acreedores tenga un mejor recupero que si lo hicieran de manera individual.
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RIESGO
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El riesgo debe estar acotado para que funcione la actividad económica, sino nadie comerciaría.
Casos importantes: Enron, LATAM, La Polar
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RAZONABILIDAD ECONÓMICA
Rivalidad
Al consumir una unidad del bien otro no puede consumir esa unidad. Ej: me como un pedazo de torta y otro no puede comerse ese pedazo.
No Exclusión
Cuando no se tiene derechos de propiedad, por lo que no se puede excluir a nadie.
No rivalidad
El hecho que alguien consuma ese bien no implica que otro no pueda disfrutarlo o consumirlo. Ej: el aire, la luz del sol. Son recursos renovables o bienes no finitos.
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PROBLEMAS ECONOMICOS
Costos de Transacción
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Designación de ellos no es un costo de transacción, porque existe reglas que no pueden ser modificadas por los acreedores.
Problema de la Agencia
Deudor busca renegociar sus pasivos y activos al menor costo posible. El interés del acreedor es satisfacer la mayor cantidad de su crédito.
Ley regula el tratamiento de las personas relacionadas respecto de aquellas acreencias que se hubieran constituido con posterioridad a 90 días anteriores al inicio del procedimiento de organización.
El principal (acreedores) y el agente (deudor) no tienen simetría de intereses porque cada uno trata de optimizar su propio interés.
Figura del interventor: monitorea el cumplimiento del acuerdo de reorganización. Evita comportamiento oportunista.
Externalidades Negativas
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Una externalidad negativa implica obtener un beneficio sin internalizar el costo. Ley busca evitarlas.
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FINALIDADES
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Sancionatoria
Se justifica la sancion penal porque es un defraude a sus pares (originalmente) y la confianza publica (actualidad).
Se caracteriza por la sanción penal y porque parte de la base conceptual de que quien entraba en un proceso concursal es un agente de mercado ineficiente.
"Fallido": antigua Ley de Quiebras significaba que no podías ejercer actos de comercio hasta que no fueras rehabilitado.
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