Conclusión: Conocer sobre la organización territorial de nuestro país desde su génesis, nos permite cómo hemos ido evolucionando como Estado, organizándonos de mejor forma a fin que como ciudadanos demandemos lo que nos corresponde a la autoridad competente, pero partiendo primero en el conocimiento de la norma, y es allí precisamente en la Carta Magna ecuatoriana del 2008, donde en su artículo 242 consta de forma puntual lo referido; y con ello corroboramos que somos un Estado instituido; por ello el saber sobre facultades y competencias administrativas nos permite diferenciar una región de una provincia, cantón, parroquia que si bien es cierto están conformadas por personas, pero cada una tiene sus particularidades; es innegable que buscan brindar beneficios de gestión cercana a sus coterráneos, desmonopolizar decisiones, basada en la existencia de sistemas donde cada nivel tiene distribuidas de manera específica lo que debe hacer, aquí se resalta la responsabilidad de la autoridad al frente de cada una de ellas, misma que puede ser: civil, penal, administrativa. Por lo expuesto, la Administración Pública y cada una de sus dependencias, se constituye en un engranaje sólido, permanente y; le corresponde al Estado brindarla bajo principios de eficiencia, eficacia, celeridad, etc.