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la ley del IVA Articulo 2-A
El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley,
Los actos o actividades a los que se les aplica la tasa del 0%, producirán los mismos efectos legales que aquellos por los que se deba pagar el impuesto conforme a esta Ley.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Se aplicará la tasa del 16% a la enajenación de los alimentos a que se refiere el presente artículo preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen,
inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio.
cuando se realicen los actos o actividades siguientes
La enajenación de:
Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación a excepción de
Caviar, salmón ahumado y angulas.
Saborizantes, micro encapsulados y aditivos alimenticios.
Jarabes o concentrados para preparar refrescos que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos eléctricos o mecánicos
Chicles o gomas de mascar.
Bebidas distintas de la leche, inclusive cuando las mismas tengan la naturaleza de alimentos.
Alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar.
Hielo y agua no gaseosa ni compuesta
Ixtle, palma y lechuguilla.
la enajenación de la maquinaria y del equipo
Tractores para accionar implementos agrícolas,
que se refiere este inciso, se les aplicara la tasa señalada en este artículo, sólo que se enajenen completos
Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas, que estén destinados para ser utilizados en la agricultura o ganadería.
Invernaderos hidropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas o para proteger los cultivos de elementos naturales
Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80%,
Libros, periódicos y revistas, que editen los propios contribuyentes.
Igualmente se considera que forman parte de los libros, los materiales complementarios que se acompañen a ellos, cuando no sean susceptibles de comercializarse separadamente
se considera libro toda publicación, unitaria, no periódica, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en un volumen o en varios volúmenes.
La prestación de servicios independientes:
Los prestados directamente a los agricultores y ganaderos
siempre que sean destinados para actividades agropecuarias
Los de molienda o trituración de maíz o de trigo.
Los de pasteurización de leche.
Los prestados en invernaderos hidropónicos.
Los de despepite de algodón en rama.
Los de sacrificio de ganado y aves de corral.
Los de reaseguro
El uso o goce temporal de la maquinaria y equipo a que se refieren los incisos e) y g) de la fracción I de este artículo.
Los actos o actividades a los que se les aplica la tasa del 0%, producirán los mismos efectos legales que aquellos por los que se deba pagar el impuesto conforme a esta Ley.
La exportación de bienes o servicios