Propiedad de la Nación. Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos , masas o yacimientos , constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales los minerales de los cuales se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; los productos derivados de la descomposición de las rocas , cuando su explotación necesite trabajos subterráneos; ; los yacimientos minerales u orgánicos de materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizantes ; los combustibles minerales sólidos; el petróleo y todos los carburos de hdrógeno sólidos , líquidos o gaseosos; y el espacio situado entre el territorio nacional , en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional.