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Principios Fundamentales de Bioética - Coggle Diagram
Principios Fundamentales de Bioética
El principio de cooperación al mal
En la cooperación hay un acto positivo de ayuda al pecado ajeno
La cooperación es formal cuando
El cooperador comparte las intenciones
del agente principal
o bien
Cuando la cooperación se presta mediante un acto
que, por su intrínseca naturaleza, es pecaminoso
Los principios morales que rigen la cooperación son los siguientes:
1º La cooperación formal subjetiva o intencional es intrínsecamente ilícita
Como tal colaboración es siempre consciente, el confesor consultado
O
Que escucha tal confesión debe advertir al penitente del pecado y poner las
obligaciones pertinentes
2º La cooperación formal objetiva es intrínsecamente ilícita
En este caso no podría afirmarse que su prestación
al pecado del otro es sólo accidental
puesto que
La acción que realiza no
puede terminar sino en el pecado de otro
3º La cooperación al mal es en principio ilícita, salvo cuando hay razones graves y de peso que la justifiquen
Pero hay casos en que ninguna razón
puede justificarla
La razón por la cual es lícita en algunos casos se debe a que
En la cooperación material, el acto que realiza el cooperador es de tal naturaleza en una acción buena
El hecho de encontrarse en el caso de la cooperación
Como parte de una mala acción
se debe a que
El agente principal de algún modo “abusa” del acto realizado por el llamado
“cooperador”
4º La cooperación material institucional al mal jamás es lícita
Es la que presta una institución y no ya un individuo; por ejemplo, un hospital
El motivo de esta grave prohibición es, además de las razones expuestas en los puntos anteriores
que
El riesgo de escándalo
teológico grave que esta acción conlleva
El principio de doble efecto
El de totalidad y cooperación
Son algunos de los que más aplicación tienen en la bioética
aunque
Su lugar propio sea
los manuales de moral fundamental
Este principio tiene su razón
en que
Existen numerosas acciones u omisiones de las cuales pueden seguirse dos efectos distintos y contrarios
uno bueno
malo
Los elementos fundamentales del principio están formulados por Santo
Tomás al hablar de la legítima defensa
presentando lo siguiente
“Nada prohíbe que un único acto
tenga dos efectos, de los cuales sólo uno pertenezca a la intención del agente
Y el otro quede fuera de su intención (sit praeter intentionem)
Arturo Vermeersch
propuso la formulación tradicional
El efecto malo, que se permite que se siga de una acción, no es imputado al agente si la eficiencia inmediata es diversa
puesto que
Está excusado de evitarlo
por una razón proporcionadamente grave
Para que sea lícito se realizar una acción de la que se siguen dos efectos, uno bueno y otro malo, y estas con las condiciones:
1º Que la acción (de la que se seguirán ambos efectos) sea en sí misma
buena, o al menos indiferente
porque
Nunca es lícito realizar acciones malas
aunque se sigan efectos óptimos
2º Que el efecto inmediato o primero sea el bueno
puesto que
Porque no es lícito
hacer un mal para que sobrevenga un bien
3º Que la intención del agente sea recta
Que quiera solamente el
efecto bueno y el malo únicamente lo permita
4º Que haya una causa proporcionada a la gravedad del daño que el
efecto malo producirá
porque
El malo es siempre una cosa materialmente
mala, y como tal no es permisible a menos que haya una causa proporcionada
Los principios sociales: solidaridad y subsidiariedad
El principio de solidaridad pone de manifiesto que el hombre no es un ser aislado, sino parte de una sociedad
Debe pensar no sólo a su
bien propio sino al bien de sus semejantes
El principio de subsidiariedad impone como deber de la comunidad misma, de sus autoridades
El ayudar con mayor ahínco allí donde
la necesidad es más grave
Al tiempo que exige que se permitan las iniciativas de los particulares al respecto
El principio de totalidad
Este principio nos ayuda a calificar la licitud o ilicitud de la pérdida directamente querida de un miembro singular
como
Medio para salvar la
totalidad del organismo
Este principio sólo tiene valor pleno en el plano del organismo humano, porque el cuerpo humano es un organismo físico
y en consecuencia
Cada miembro está enteramente subordinado al bien del todo
Su aplicación al plano social, considerando la sociedad como un todo de la que cada persona
Es parte, no puede ser más que analógica y limitada y, en algunos casos, abusiva
El presupuesto fundamental que subyace en la formulación es la relación
que existe entre el todo y la parte
Es evidente que el principio de totalidad claudica cuando se pasa de aplicarlo de un todo físico
A un todo
moral como es la sociedad donde las partes
Donde no son sólo partes de
un todo sino individuos personales cuya subordinación al todo tiene límites
por tanto
Lo fundamental será ver si se verifica esta relación de parte todo
en el caso analizado
El principio de totalidad, por sí mismo, no afirma nada, sino esto:
Donde se verifique la relación de todo a parte y en la medida exacta en que se verifique
La parte está subordinada al todo
y
Éste puede, en su interés propio,
disponer de la parte
Hay que aclarar que este desarrollo del principio es lineal y no
analógico
es decir
La aplicación siempre tiene en cuenta el todo de la persona en cuestión y no otras dimensiones sociales de la persona