Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL EN LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN DE BOLIVIA…
LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL EN LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN DE BOLIVIA DE 1994
EL CONTROL DE LA CONSTITUCIONALIDAD EN LA CONSTITUCIÓN DE 1967
la Corte Suprema aparecía como órgano omnicomprensivo, ejerciendo funciones disciplinarias , administrativas , judiciales y de control constitucional
la lentitud de los procedimientos, y mayores posibilidades de corrupción se convirtieron en estigma de este órgano
la corte suprema en cuarto órgano llamado a ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes no ah resultado especialmente brillantes ni convincente.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
El constitucionalismo Boliviano remonta sus orígenes al decreto de 9/2/1825, por Antonio José de Sucre
la Asamblea General se reúne en Chuquisaca, formulando la Declaración de Independencia
LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994
12/8/1994, el presidente Sanchez de Lozada promulgo la ley de Nº1584 DE REFORMA DE LA CONTITUCION POLITICA DEL ESTADO
Aspectos que se iban alterar de modo sustancial por el nuevo orden legal:
a) El Tribunal Constitucional deja de ser del titulo cuarto , esto es de un titulo propio para ser regulado por un tercero del órgano judicial
b)art. 116º le atribuye el ejercicio de control de la constitucionalidad
c)se provee el mecanismo de de elección del presidente del tribunal constitucional
d)se modifican las condiciones de elegibilidad de los magistradores
e) legitimación para interponer la accion de inconstitucionalidad, quedando habilitado, cualquier senador o diputado , en vez de un tercio de senadores o diputados y ampliándose al defensor del pueblo
f) se habilita al tribunal para conocer y resolver sobre la constitucionalidad de tratados o convenios con gobiernos extranjeros u organismos inter institucionales
LA NATURALEZA DEL TRUBUNAL CONSTITUCIONAL BOLIVIANO
la Constitución boliviana tras la ley de reforma de la misma
viene a entrañar que a efectos administrativos y disciplinarios dependen del consejo de la judicatura ,órgano administrativo y disciplinario del poder judicial , rentro del cual se sitúa el tribunal Departamental
es facultad del congreso dictar leyes interpretativas de la constitución, que requieren de 2 tercios para ser aprobados
el tribunal constitucionalicen la facultad de interpretar la norma suprema
LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
el tribunal constitucional esta integrado pro 5 magistrados, que conforma una sola sala y son designados por el congreso nacional por dos tercios
varias reflexiones suscita esta estructura organica
primera: el reduccionismo numero de magistrados integrantes: el tribunal cumplen una función puramente jurídica
segunda; la elección en su totalidad por el congreso nacional
EL ESTATUTO JURÍDICO - CONSTITUCIONAL DE LOS MAGISTRADOS
el periodo de desempeño de las funciones de magistrados constitucionales es de 10 años improrrogables, abriendo la reelección una vez trascurrido un tiempo igual al que ejerció su mandato
ATRIBUCIONES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
pueden estar agrupadas en bloque funcionales
a) control normativo
b)protección de los derechos , aunque la misma se lleve a cabo de modo subsidiario
c) conflicto de competencias
d) Órgano consultivo en relación con el control de la constitucionalidad
EFECTOS DE LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
la redacción de la ley de la reforma esta inspirada en constitución española destaca
primer termino: la irresponsabilidad de la sentencia del tribunal , tiene valor de cosa juzgada
segundo termino: la sentencia que declara inconstitucionalidad de una ley , decreto o cualquier genero de resolución no judicial hace implacable la norma impugnada
la Adopción del Principio
erga omnes
en la declaración de inconstitucionalidad, entraña dar un gran salto al respeto de la constitución en relación con el recurso de inaplicabilidad externa antes de la reforma.