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Justicia Administrativa - Coggle Diagram
Justicia Administrativa
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Definición
comprende un conjunto de instrumentos
jurídicos y procesales para la tutela de los particulares frente a la administración pública, y entre estos mecanismos se encuentra la jurisdicción especializada en esta materia, que es uno de sus sectores más importantes..
en sentido propio la justicia administrativa está constituida por un conjunto bastante amplio y crecientemente complejo de instrumentos
jurídicos para la tutela de los derechos subjetivos y los intereses legítimos de los particulares frente a la actividad de la administración pública o de la conducta en materia administrativa de cualquier autoridad por medio de los cuales se resuelven los conflictos que se producen entre la administración y los administrados.
Recursos Administrativos
La ley de procedimiento administrativo radica en la regulación uniforme y precisa de los medios de impugnación interna de los actos y resoluciones administrativas que se establecen no sólo en interés de los particulares sino también en beneficio de la propia administración ya que la misma debe procurar la depuración jurídica de su actividad, pues de esta manera facilita su funcionamiento y se evita su responsabilidad posterior deducida en el proceso administrativo en sentido estricto, ante los tribunales respectivos
a) una de sus bases esenciales descansa en la conveniencia de la propia admministración en revisar sus propios actos y resoluciones para corregir los errores y violaciones que advierten y que afectan la esfera jurídica de los administrados,
están dirigidos a tutelar su esfera jurídica contra la conducta de la autoridad que la afecta, de acuerdo con el principio esencial
en el Estado social del derecho sobre el respeto al llamado derecho de audiencia, debido proceso o defensa legal, entendido en sentido amplio, como lo ha resuelto la jurisprudencia de la Corte Suprema Federal de Estados
Unidos en su jurisprudencia, al establecer un conjunto de lineamientos para lograr la defensa de los particulares dentro del procedimiento administrativo.
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Jurisdicción
la jurisdicción
es la función pública que tiene por objeto resolver las controversias jurídicas que se plantean entre dos partes contrapuestas y que deben someterse al conocimiento de un órgano público, el juzgados, quien decide dichas controversias de manera imperativa, y en una posición imparcial
a) organismos jurisdiccionales administrativos, Tribunal Superior Agrario y por tribunales agrarios de carácter regional.
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c) Un tercer régimen de organización judicial administrativa, es la que encomienda a tribunales especializados, dentro de la jurisdicción ordinaria, el conocimiento y resolución de los conflictos de naturaleza administrativa,
que a su vez tiene dos modalidades.
Jurisdicción administrativa dotada de plena autonomía. Se caracteriza cuando el órgano
jurisdiccional que resuelva las controversias administrativas esté situado formalmente en la esfera del Ejecutivo o en el Poder Judicial, dicta sus fallos de manera autónoma sin vinculación si
quiera formal con la administración activa.
Extensión de las atribuciones de los tribunales administrativos y la eficacia de sus fallos. Respeto de la primera categoría se pueden distinguir de manera genérica tres sectores: de jurisdicción retenida; de jurisdicción delegada y de plena autonomía.
Jurisdicción retenida es la que realiza por los organismos situados dentro de la esfera administrativa, pues si bien poseen cierto grado de independencia funcional.
La jurisdicción delegada se configura cuando el órgano o el tribunal administrativo formula sus decisiones con carácter definitivo y obligatorio, pero dichas decisiones se pronuncian a nombre de la administración, ya que formalmente dichos organismos siguen perteneciendo a la esfera del Ejecutivo
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