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Lineamientos de Formación Docente para Centros Educativos privados -…
Lineamientos de Formación Docente para Centros Educativos privados
A. Justificación
La formación docente es un proceso continuo y de larga duración que se inicia con la formación inicial y que se complementa con la formación continua docente.
El sistema educativo debe desarrollar estrategias para
renovar el quehacer docente y de esta manera responder las nuevas necesidades sociales, a la complejidad del proceso aprendizaje-enseñanza y la mediación cultural que se realiza en sus diferentes dimensiones política, sociocultural y pedagógica.
El sector educativo privado, como parte del sistema educativo guatemalteco, es necesario que se integre
totalmente e en todo el quehacer educativo que impulsa el Ministerio de Educación, por medio de su estructura orgánica jerárquica de implementación, para que la transformación curricular llegue al aula.
B. Sustentación legal
Artículo 9. Formación de docentes, del
Acuerdo Gubernativo 52-2015 del 4 de Febrero del 2015, REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE CENTROS EDUCATIVOS
PRIVADOS,
“La Dirección de cada Centro educativo privado, promoverá y facilitará, la participación de sus docentes en programas de formación continua que les permitan implementar el Curriculum Nacional Base –CNB- y otros programas impulsados por el Ministerio de Educación para favorecer la formación integral de sus estudiantes. Estos procesos serán orientados con base a lineamientos emitidos por el Ministerio de Educación por medio de la Dirección General de Gestión de Calidad Educativa –DIGECADE-”
C. Objetivos
-Mejorar las competencias profesionales de los docentes de los centros educativos privados por medio de un proceso que promueve a reflexionar, analizar y proponer alternativas de solución a los problemas de carácter técnico-pedagógico que inciden en la implementación y desarrollo del Currículo Nacional Base.
-Mejorar la calidad de la enseñanza y de los aprendizajes de los centros educativos privados, a través del fortalecimiento de la formación continua
de los docentes.
D. Delimitación de la formación docente
Formación continua
al conjunto de procesos dirigidos a desarrollar las
competencias del docente en servicio, así como mejorar su desempeño de acuerdo a las responsabilidades del puesto y necesidades del servicio educativo.
Dichos procesos son:
-inducción
-actualización
-profesionalización y
-acompañamiento pedagógico.
Inducción
La inducción se entenderá como el proceso que relaciona la formación inicial
con la continua, y que permite al docente de primer ingreso incorporarse
adecuadamente al servicio docente en el centro educativo.
Actualización
se concibe como un proceso sistemático de formación, dirigida
al personal docente en servicio en los centros educativos privados, orientado a que se apropie de los avances que la ciencia y la tecnología producen constantemente y lo que el Ministerio de Educación
Objetivos de la formación continua
Asegurar impactos significativos de la formación continua en los
desempeños para asegurar una atención de calidad a los beneficiarios.
Construir trayectorias de desarrollo profesional distinguiendo etapas en la vida del desempeño docente.
Asegurar al personal docente el derecho a una formación continua relevante y pertinente, centrada en las necesidades de los beneficiarios y de las instituciones.
Considerar la realidad de las instituciones y promover el aprendizaje colaborativo en la formación continua.
Impulsar políticas de formación centradas en la institución en las que los colectivos docentes, asumen un papel protagónico y en las que el referente es el desempeño como fuente de reflexión, análisis y aprendizaje.
E. Competencias a favorecer
-Integra los conocimientos adquiridos del Currículo Nacional Base y aplicarlos en su práctica docente.
-Propicia la generación de ambientes de aprendizaje que fomenten el desarrollo de competencias educativas en los estudiantes.
-Reconoce las habilidades y reflexionar acerca de su capacidad para ponerlas en juego en una situación específica.
-Formula proyectos educativos acordes al contexto social y natural, y a las necesidades, intereses y problemas del estudiante.
-Fortalece las estrategias pedagógicas para la formación de competencias educativas en los estudiantes.
F. Lineamientos generales.
10.Que las capacidades y competencias desarrolladas como consecuencia de la formación continua sea un medio por el cual los docentes se dignifican. Para los centros educativos privados, esta forma de visionar el desarrollo educativo se constituye en una forma permanente de promoción del desarrollo docente e institucional.
Toda jornada de formación docente que se ejecute debe ser en el marco del Currículo Nacional Base, fundamentalmente en lo que se refiere a
planificación, estrategias de aprendizaje y evaluación.
Las capacitaciones que el Ministerio de Educación planifique, serán interdisciplinarias, es necesario que los docentes participantes sean especializados en la disciplina de la subárea objeto de actualización.
Las jornadas de formación docente que se ejecuten en los centros educativos privados, no deben tener costos económicos para los docentes.
Las instituciones educativas del sector privado incluirán en su planificación anual de actividades, tiempos destinados a la formación docente, para organizar sus propias jornadas.
El Ministerio de Educación, acreditará las capacitaciones por medio de diplomas, siempre y cuando el participante cumpla con los horarios establecidos y las evaluaciones respectivas.
El Ministerio de Educación, mantendrá en su web, un menú de cursos de formación docente continua, para que los usuarios del sector público y privado puedan autoformarse y auto educar.
Los propietarios, directores o encargados de los establecimientos educativos privados, como o manera de facilitar la participación de los docentes en jornadas de capacitación organizadas por el Ministerio de Educación, les otorgará la licencia respectiva.
La DIGECADE establecerá alianzas con las demás direcciones sustantivas del MINEDUC, para que la formación docente cumpla con lo descrito en el Artículo 5. Definición de calidad educativa, Acuerdo Gubernativo 52-2015.
Todos los docentes del sector privado tienen derecho a participar en jornadas de formación continua que programe el centro educativo privado, instituciones autorizadas por el Ministerio de Educación, y por este a través de sus entidades a nivel local.
11.Es de vital importancia estratégica que los centros educativos privados organicen el comité de formación docente, para coordinar y acompañar los procesos de formación docente.
G. El Ministerio de Educación, para favorecer la formación continua de docentes, dispondrá para los centros educativos privados los siguientes apoyos:
Actualización de su sitio web con temas de formación docente continua.
Proporcionar la ayuda técnica necesaria a través de las Supervisiones Educativas de las Direcciones Departamentales de Educación, y de las Direcciones sustantivas de la planta central del MINEDUC.