RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL

CONCEPTO DE RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL

CONCEPTO DE HECHO ILÍCITO

VÍAS DE RESOLUCIÓN DEL HECHO ILÍCITO

INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES INTERNACIONALES

DISPOSICIONES GENERALES

En general el derecho internacional se fundamenta en el cumplimiento voluntario

Escuelas de pensamiento

Se sustenta en la percepción de legitimidad del ordenamiento y obedece a consideraciones elementales de justicia

Cálculo utilitarista en donde se sopesan las ventajas del cumplimiento en relación a las desventajas del incumplimiento

Estructura organización internacional dónde los Estados no desean ser percibidos como extraños a los modelos de cumplimiento de obligaciones

Consiste en la ccion u omision que es atribuida a un Estado u organización internacional

constituye una violación de una obligación internacional

PROCESO LEGAL TRANSNACIONAL

Obedece a la suma de factores interactivos que vinculan a elementos internos y externos del Estado en relación a su propia comunidad nacional con la comunidad internacional

Es un principio

Desde finales del Siglo XX

Reconocida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos

DEFINICIÓN

Es un principio de Derecho Internacional que toda violación de una obligación internacional que haya producido daño comporta el deber de repararlo adecuadamente

La comisión de derecho internacional reconoció la existencia de dos categorías de hechos ilícitos:

Los delitos

Los crímenes internacionales

EXIGIBILIDAD

Debe haber una conducta que sea atribuible al Estado y que constituya una violación de una obligación internacional

DISTINCIONES

Responsabilidad de los Estados por hecho u omisiones

Responsabilidad por hecho ilícitos excepcionalmente graves que contravengan normas imperativas "ius cogens"

Por ejemplo el GENOCIDIO

Segunda Guerra Mundial Alemania y judíos

Por ejemplo Caso LaGrand y el Caso Avena y otras naciones

Atribuibles a los Estados y a la responsabilidad

Dónde se estableció la restitución por parte del Estado al daño afectado

Anny Cornejo y Valeria Villarroel

ENTREGA 20

Aquellos hechos ilícitos graves atribuibles imputables a los Estados la responsabilidad Internacional del estado es también agravada

Puede manifestarse con sanciones ejemplificadas o disuasivas

La responsabilidad por hecho ilícito

Una vez producido el daño que tiene la obligación de indemnizar

Si no cumple esta obligación, pone en movimiento las consecuencias de dicha violación y por ende la responsabilidad consiguiente

La responsabilidad por hecho ilícito se atribuye al Estado la conducta de ciertas personas actuando en determinadas condiciones.

La responsabilidad del estado surge por su participación en un hecho ilícito internacional

El hecho generador de la responsabilidad internacional por hechos ilícitos no es el daño, si no la violación o el incumplimiento de una obligación internacional

Sea está convencional o consuetudinario

Dos grandes vías que existen

Acciones de daños y perjuicios que pueden plantearse ante tribunales nacionales

Medios jurídicos de solución de controversias en el plano internacional incluyendo el arbitraje y los tribunales internacionales