Son responsables de los delitos fiscales quienes, concierten la realización del delito, realicen la conducta o el hecho descritos en la ley, cometan conjuntamente el delito, se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo, introduzcan dolosamente a otro a cometerlo, etc. Dentro de los responsables de los delitos se encuentran quienes (personas físicas) realizan dichos ilícitos a nombre de personas morales.