“El principio de la igualdad de oportunidades de empleo señala que las personas que soliciten empleo y los empleados deben ser juzgados con base en características relacionadas con el trabajo para el cual han sido contratados, y durante el desempeño del mismo cuando han sido contratados, y que no deben ser discriminadas con base en las características de sus antecedentes personales, como género, raza, etnia, religión, etcétera”(Don Hellriegel, 2008).