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ETAPA DE JUICIO, ANDREA MONSERRAT CABADAS TORRES 8ºA LITIGACIÓN ORAL -…
ETAPA DE JUICIO
es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso.
bajo los principios
inmediación, publicidad, concentración, igualdad, contradicción y continuidad
Disposiciones generales de la prueba
Libertad probatoria
Todos los hechos y circunstancias aportados para la adecuada solución del caso sometido a juicio
Legalidad de la prueba
La prueba no tendrá valor si ha sido obtenida por medio de actos violatorios de derechos
fundamentales
Oportunidad para la recepción de la prueba
La prueba que hubiere de servir de base a la sentencia deberá desahogarse durante la audiencia de debate de juicio
Valoración de la prueba
El Tribunal de enjuiciamiento valorará la prueba de manera libre y lógica, deberá hacer referencia en la motivación que realice.
Tipo de prueba
Testimonial
Toda persona tendrá la obligación de concurrir al proceso cuando sea citado y de declarar la verdad de cuanto conozca y le sea preguntado
Los testigos serán citados para su examinación
Podra testificar
Pericial
Podrá ofrecerse
Podrá ofrecerse la prueba pericial cuando, para el examen de personas, hechos, objetos o relevantes para el proceso, fuere necesario o conveniente poseer conocimientos
especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio.
Los peritos deberán poseer título oficial en la materia relativa al punto sobre el cual dictaminarán y no tener impedimentos para el ejercicio profesional
AUDIENCIA
Apertura de la
audiencia de juicio
El día y hora fijados, el Tribunal de enjuiciamiento en el lugar señalado para la audiencia
Quien la presida, verificará la presencia de los demás jueces, partes y testigos, peritos o interpretes queque deban participar en el debate y de la existencia de las cosas que deban exhibirse en él, y la declarará abierta. Advertirá al acusado y al público sobre la importancia y el significado de lo que acontecerá en la audiencia e indicará al acusado que esté atento a ella.
Alegatos de apertura
Una vez abierto el debate, el juzgador que presida la audiencia de juicio concederá la palabra al Ministerio Público para que exponga de manera concreta y oral la acusación y una descripción sumaria
de las pruebas que utilizará para demostrarla.
Alegatos de clausura
Concluido el desahogo de las pruebas, el juzgador que preside la audiencia de juicio otorgará sucesivamente la palabra al Ministerio Público. al Asesor jurídico de la víctima u ofendido del delito y al
Defensor, para que expongan sus alegatos de clausura
DELIBERACIÓN Y FALLO DE LA SENTENCIA
deliberación: Inmediatamente después de concluido el debate, el Tribunal de enjuiciamiento ordenará un receso
para deliberar en forma privada, continua y aisladahasta emitir el fallo correspondiente. La deliberación
no podrá exceder de veinticuatro horas ni suspenderse SALVO ENFERMEDAD.
Una vez concluida la deliberación, el Tribunal de enjuiciamiento se constituirá nuevamente en la salade audiencias, después de ser convocadas oralmente o por cualquier medio todas las partes, con el
propósito de que el Juez relator comunique el fallo respectivo.
DEBERÁ CONTENER
La decisión de absolución o condena.
-Si la decisión se tomó por unanimidad o por mayoría de miembros del tribunal.
-La relación sucinta de los fundamentos y motivos que la sustentan
Sentencia absolutoria
En la sentencia absolutoria, el Tribunal de enjuiciamiento ordenará que se tome nota del levantamiento de las medidas cautelares, en todo indice o registro público y policial al que figuren y será ejecutable inmediatamente.
Sentencia condenatoria
La sentencia condenatoria fijará las penas, o en su caso la medida de seguridad, y se pronunciarásobre la suspensión de las mismas y la eventual aplicación de alguna de las medidas alternativas a la
privación o restricción de libertad previstas en la ley
ANDREA MONSERRAT CABADAS TORRES
8ºA
LITIGACIÓN ORAL