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Fuentes del Derecho Administrativo - Coggle Diagram
Fuentes del Derecho Administrativo
Material (aparición)
Formal (formas en que el D' se comunica)
Indirectas
No escritas
Costumbre
Principios
Constitucionales
Principio de legalidad: ( regla de oro) la administración no puede intervenir sino previa competencia legal ART. 7 inc. 2 CPR. competencia implícita: se le atribuye una función a un órgano, pero no las facultades o atribuciones para desarrollarla
Principio de responsabilidad
Legales
Principio de buena fe ART. 707 CC
Principio de conservación ART. 13 inc 2 19880
Escritas
Doctrina
Jurisprudencia
Administrativa
Interno: control que realiza el mismo órgano administrativo ( ministerios, municipalidad, etc) a través de sus fiscalías.
Externo: control que realiza un órgano externo al servicio que interviene, pero interno a la administracion.
Judicial
TC: control represivo (inaplicabilidad por inconstitucionalidad)
Otros tribunales: si se demanda a la administración, se podría a través de dos categorías de acciones
De responsabilidad: reparar perjuicios que ocasionó ese acto (siempre produce efecto relativo)
De nulidad: dejar sin efecto un acto (contra acto individual - efecto relativo) (contra acto general - efecto absoluto)
Directas
Impuestas a la administracion
Valor de ley (T. reserva legal absoluta X) (T, reserva legal relativa ✓)
Actos con valor de ley
DFL: previa de delegación facultades legislativas
Dos regímenes (no pueden alcanzar materia de garantías constitucionales, leyes orgánicas constitucionales y atribuciones de otros poderes.)
54 Nª1 CPR (R. especial) delegación legislativa para ejecutar tratado sin limite de tiempo
64 CPR (R. general) delegación legislativa que la administración debe ejercer máximo 1 año
DL: sólo dictado,generalmente validado por modificación o derogación de los tribunales
Leyes en sentido estricto
TI
No autoejecutables: requieren ademas mecanismos de implementación (compromiso, reglamento, etc.)
Autoejecutables: se integra al
ordenamiento con la sola ratificación.
CPR
Impuestas por la administración
No individualizan al destinatario: ACTOS GENERALES, ej. ART.48 A 19880
Obligan: REGLAMENTO (potestad reglamentaria ART. 32 Nº6, se publican en el D.O.)
Autónomos
De ejecución
No obligan: CIRCULAR (simple potestad)
Individualizan al destinatario: ACTOS INDIVIDUALES, ej. ART. 45 19880