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De la Aprobación y los mecanismos de comunicación y coordinación entre…
De la Aprobación y los mecanismos de comunicación y coordinación entre Poderes
La aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egreso se sujetará al
siguiente procedimiento:
El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, deberá enviar al Congreso de la Unión a más
tardar el 1 de abril, un documento que presente los siguientes elementos:
Escenarios sobre las principales variables macro económicas para el siguiente año: crecimiento, inflación,
tasa de interés y precio del petróleo.
Escenarios sobre el monto total del Presupuesto de Egreso y su déficit o superávit.
Enumeración de los programas prioritarios y sus montos.
El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, remitirá a la Cámara de Diputados, a más
tardar el 30 de junio de cada año, la estructura programática a emplear en el proyecto de Presupuesto de egresos.
Al remitir la estructura programática, el Ejecutivo, por conducto de la Secretaría, informará sobre los
Avances físico y financiero de todos los programas y proyectos que se hayan aprobado en el Presupuesto
De Egresos vigente con relación a los objetivos planteados
El Ejecutivo Federal remitirá al Congreso de la Unión, a más tardar el 8 de septiembre de cada
año.
Los criterios generales de política económica en los términos del artículo 16 de esta Ley, así como
La estimación del precio de la mezcla de petróleo mexicano para el ejercicio fiscal que se presupuesta. El Presupuesto de Egresos deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 15 de noviembre.
Determinada conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de esta Ley.
La Ley de Ingresos será aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y, por la Cámara de Senadores, a más tardar el 31 de octubre.
El Presupuesto de Egreso deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 15 de
noviembre.
La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación deberán publicarse en el Diario
Oficial de la Federación a más tardar 20 días naturales después de aprobados.
Asimismo, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, deberá enviar a la Cámara de
Diputados, a más tardar 20 días naturales después de publicado el Presupuesto de Egresos en el Diario
Oficial de la Federación, todos los tomos y anexos del Presupuesto.
Las propuestas serán congruentes con la estimación del precio de la mezcla de petróleo mexicano
para el ejercicio fiscal que se presupuesta, determinada conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de esta
Ley, así como observando los criterios generales de política económica. Las estimaciones de las fuentes de ingresos, distintas a la señalada en el inciso anterior, deberán
sustentarse en análisis técnicos.
En el caso del Presupuesto de Egresos, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la
Cámara de Diputados deberá establecer mecanismos de participación de las Comisiones Ordinarias en el
Examen y discusión del Presupuesto por sectores.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: CAMARA DE DIPUTADOS . (2006). LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA. 11/05/2022, de PUBLICO Sitio web:
https://www.senado.gob.mx/comisiones/energia/docs/marco_LFPRH.pdf
Podrán establecerse mecanismos de coordinación, colaboración y entendimiento entre el Poder
Ejecutivo y el Poder Legislativo, con el objeto de hacer más eficiente el proceso de integración,
Aprobación y evaluación
En este proceso, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados apoyará
técnicamente las funciones de la misma, en materia tanto de la elaboración y aprobación de la Ley de
Ingresos como del Presupuesto de Egresos de la Federación.