En caso de tratarse de un procedimiento sancionador, los interesados tendrán además, el derecho de ser notificados de los hechos que lo imputen, de las infracciones que esos hechos podrían constituir y de las sanciones que pudieran imponerse, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para resolver y de la norma que le confiere a éste dicha competencia, y el derecho a la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario