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Constitucionalización del Derecho - Coggle Diagram
Constitucionalización del Derecho
Sobre la Constitución
La constitución es considerada como la norma jurídica suprema del ordenamiento normativo nacional
Dos procesos
cuando los derechos público subjetivos se transforman en derechos fundamentales
cuando las Constitución se legitima como norma democrática suprema con carácter vinculante
La Constitución como fuente suprema del Derecho que vincula a los poderes tanto públicos como privados
Interpretativa: la creación del derecho se convierte en el producto de una interpretación constructiva a partir de la relación establecida entre un sujeto, un objeto y un método
el proceso de judicialización del derecho, se manifiesta a través de los tribunales constitucionales o supremos encargados de garantizar los derechos fundamentales, también se evidencia a través del proceso de globalización internacional y regional que no solo es económica o política
La Constitucionalización de la filosofía del Derecho
Tribunal constitucional entendido como:
“pesadilla” (positivista) se centra en la imagen del tribunal o juez que, frente a un vacío normativo, no se distingue del legislador
“noble sueño” (iusnaturalista) el juez o tribunal, frente a un vacío normativo, no halla una norma inequívoca, pero sí la encuentra en el sistema normativo mediante los principios y valores, los cuales le permitirán lograr un resultando inequívoco.
Teorías sobre si lo jueces pueden crear o no derecho
el derecho es creado por el legislador y los jueces se limitan a aplicarlo
crean derecho en cada caso concreto
no crean derecho en situaciones normales, pero sí cuando crean normas generales en situaciones muy especiales
La justicia constitucional parte de la integración de la Constitución y el derecho procesal constitucional
el TC parte de los principios de supremacía jurídica de la Constitución y del principio político democrático
la naturaleza del TC, “hacer derecho”, nace a partir de su reconocimiento como vocero del Poder Constituyente
se considera que su estatus jurisdiccional es el que le otorga esta facultad de “hacer derecho”
El TC asume la función de impartir justicia constitucional a través de la interpretación jurídica y la teoría de la argumentación
se encarga de tutelar y desentrañar el contenido normativo de la Constitución
La constitucionalización del Derecho
Derecho Civil
Los pronunciamientos del TC sobre derechos fundamentales han permitido configurar los presupuestos del control constitucional en el derecho civil sobre la base del desarrollo de la Constitución. También tiene por deber interpretar las instituciones civiles conforme a la Constitución. Su mejor garantía se encuentra en su afirmación en los derechos fundamentales
Derecho Penal
El derecho penal constitucional se va estableciendo gracias a la jurisprudencia del TC. la Constitución es una norma jurídica, ya que en ella se encuentran las bases de todas las disciplinas del derecho. Por esta razón, el TC ha asumido un rol activo para determinar y otorgar contenido a las instituciones penales mediante la interpretación constitucional
Derecho Internacional
Se crean tribunales constitucionales a partir de la democratización del Estado y la transformación de tribunales supremos en órganos jurisdiccionales encargados de proteger los derechos fundamentales. En caso de incompatibilidad, prefiere la norma internacional sobre la interna.
Derecho Tributario
El Estado debe de proveer a las personas mecanismos de garantía de sus derechos fundamentales y de ciertas condiciones “materiales” mínimas, las cuales son una obligación de la Constitución. Su función constitucional reside en permitir al Estado financiar el gastó público dirigido a los servicios básicos que la sociedad requiere y a la realización de valores constitucionales como la justicia y la solidaridad
Derecho Laboral
El trabajo es objeto de protección del Estado. Solo los hechos que la Constitución reconoce son objeto de protección inmediata y directa debido a la obligación del Estado de asumir la prohibición de disminuir la protección de los derechos laborales
Derecho Procesal
Los derechos fundamentales son valiosos en tanto se conciban como garantías procesales. De esta manera, derecho corresponderá un proceso, mientras que a un proceso corresponderá un derecho, siempre que su validez y eficacia los defina. La importancia de principios constitutivos desarrollados por el TC a través de la autonomía procesal, los cuales permiten ver la forma adecuada de su ejercicio