Por amparo indirecto o bi-instancial procede segun lo dispuesto por la fracción 1 del Articulo 114 de la ley de amparo, contra leyes federales y locales,tratados internacionales, reglamentos expendidos por el Presidente de la Republica de acuerdo con la fracción 1, reglamentos de leyes locales expendidos popr los gobernadores de los Estados, u otros reglamentos, decretos o acuerdos de observancia general, que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de aplicación, causen perjuicios al quejoso.