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CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR, Tienen la obligación de hacer…
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
estos son los principios que se detallan a continuación
son de carácter general
determina unos valores del contador publico
INTEGRIDAD
El Contador Público deberá mantener incólume su integridad moral en el ejercicio
profesional.
OBJETIVIDAD
Para el Contador la objetividad representa: imparcialidad, desinterés y
actuación si prejuicios
COMPETENCIA
Y CUIDADO PROFESIONAL
El contador publico debe solo ser contratado solamente con trabajos para los cuales este calificado
El Contador Público actuara con la intención, cuidado, diligencia de un profesional
responsable consigo mismo y con la sociedad
CONFIDENCIALIDAD O
SECRETO PROFESIONAL
El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto profesional, no revelando por ningún motivo los hechos o circunstancias de que tenga conocimiento
INDEPENDENCIA
El Contador Público en el ejercicio profesional deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a todo interes
OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS
El Contador Público debe realizar su trabajo cumpliendo las normas técnicas y profesionales promulgadas por el Colegio de Contadores de Bolivia.
COMPORTAMIENTO PROFESIONAL
El Contador Público deberá abstenerse de realizar actos que afecten negativamente la reputación de la profesión.
Es deber de todo Contador Público el servicio a su patria en justa retribución al esfuerzo que hizo por su educación.
DIFUSIÓN Y COLABORACIÓN
El Contador Público tiene la obligación de contribuir, de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión.
OBJETIVIDAD
El contador tiene como obligación ser justo, honesto y libre de intereses.
Deben demostrar su objetividad al momento de realizar informes y al prestar asesoramiento
La razonabilidad debe regir el establecimiento de normas
La razonabilidad debe regir el establecimiento de normas
Deben evitar cualquier subordinación de su criterio a terceros.
Las presiones de terceros pueden afectar la objetividad del contador
Evitar relaciones que impliquen prejuicios
Competencia profesional
Capacidad de aprendizaje
Flexibilidad y adaptación al cambio
Iniciativa
Trabajo en equipo
Toma de decisiones
Comunicación
Creatividad e innovación
Responsabilidad
CONFLICTOS ÉTICOS
:warning:
El contador publico es responsable de sus actos y es cosiderado culpable de un acto de decredito para su profesion
Deje de manifestar expresamente cualquier dato importante de los estados financieros o datos de a empresa
Siendo de su conocimiento no informe desviacion subtancial de normas de contabilidadgeneralmente aceptadas o cualquier omision importante
Encubre un hecho importante a sabiendas que es necesario revelarl, para que su opinion no induzca
Incurre en negligencia grave e emitir un informes haber cumplido las normas de auditoria
Falsear los estados financieros o cualquier otra información, las opiniones informes u documentos que presente el contador publico deberá contener la expresión de un juicio
El contador publico esta obligado a sugerirle al cliente la mejor opción para el desarrollo del trabajo para lo que fue requerido
El contador publico se abstendrá de aprovecharse de situaciones que puedan perjudicar al cliente o a la empresa
El Contador publico no deberá utilizar su conocimientos que tareas que atente la moral
Faltara al honor y a la dignidad profesional aquel del Contador Publico directa o indirectamente que afecten la moral
SECRETO PROFESIONAL
El Contador Público tiene la obligación de respetar la confidencialidad de la
información de sus clientes incluso después de finalizar.
El secreto profesional solo puede ser irrumpido cuando exista obligación legal.
Tanto el contador como su equipo de trabajo deben respetar este secreto profesional
La información obtenida por el contador no puede ser divulgada ni usada para su beneficio ni el de terceros
Debe ser exhortados a no comunicar información a terceros sin autorización
I
RETRIBUCIÓN DE SERVICIOS
El Contador Público no podrá tener ventajas económicas directas o indirectas de su
cliente,
El monto de la retribución a que tiene derecho el Contador Público, estará de acuerdo
con la importancia de las labores a desarrollar
El Contador Público al fijar sus honorarios deberá tener presente que la retribución
por su trabajo no constituye
En ciertos casos la retribución que perciba el Contador Público podrá fijarse en
relación a los resultados que se obtenga de su intervención
PUBLICIDAD
:silhouettes:
Estos criterios no impiden que los profesionales impartan cursos de formación institucionales de enseñanza o de profesionales cuando desarrollen acciones de este tipos par sus miembros
El contador publico deberá cimentar su reputación en su honradez, laboriosidad y capacidad profesional observando las reglas de ética
No deberán anunciarse o solicitar trabajo utilizando medios masivos de comunicación
evitando toda publicidad con fines de lucro o auto elogio
Solo el Colegio de contadores publicos y los Colegios departamentales desarrollaran la publicidad institucional
No se consideran como publicidad los trabajos técnicos que elabores los contadores públicos o los folletos o informes informativos
Resulta de interés para el publico y la profesión conocer los nombramientos o hechos similares que hayan recaído sobre el profesional en asuntos de importancia, el contador no debe usar estas circunstancias para obtener ningún tipo de ventaja
INDEPENDECIA
El contador no puede aceptar trabajos en los que se vea comprometida su independencia si esta ya esta limitada
No podrá realizar auditorias en empresas o entidades en las haya trabajado como contador o ejecutivo
La libertad de criterio del contador no debe verse afectada bajo ninguna circunstancia
Cuando un contador se encuentra vinculado a una empresa estatal no puede realizar trabajos independientes ya que este tiene información de impuestos, concesiones o permisos de trascendencia
HONORARIOS Y COMISIONES
El profesional no debe, en consecuencia pagar comisión
alguna por obtener un cliente, ni aceptar comisiones para evitar clientes a terceros
Al prestar servicios profesionales a un cliente, puede ser necesario o conveniente
cargar unos honorarios calculados previamente,
es de interés, tanto para el cliente como para el
profesional, definir claramente, preferiblemente por escrito, antes del comienzo del trabajo, la base de computo de los honorarios y las condiciones de pago de los mismos.
Un auditorio no debe realizar manifestaciones en el sentido de que determinados
servicios profesionales podrán prestarse, en el periodo actual o en otros futuros
se consideran comisiones los pagos o aceptación de
honorarios de intermediación entre profesionales, cuando quien recomienda la actuación,
no ha realizado ningún servicio profesional.
Un profesional puede tomar parte en un acuerdo de adquisición de la totalidad o
parte de otra firma o sociedad de auditoria,
El auditor puede facturar a su cliente unos honorarios inferiores a los
cargados con anterioridad por servicios similares, siempre que hayan sido calculados de
acuerdo con lo indicado en los párrafos 9.2, 9.4
Los honorarios deberá ser un justo reflejo del valor del trabajo, teneineo en cuenta
Nivel de formacion y eperiencia
El tiempo
Los conocimientos y tecnicas
El grado de responsabilidad
Los servicios profesionales no deben ofrecer o realizarse bajo un contrato o pacto que
prevea que no devengaran honorarios
El contador publico asume la responsabilidad de realizar su trabajo con integridad y objetividad y de acuerdo con las normas técnicas apropiadas
Los honorarios deben se computados sobre la bases de adecuadas tarifas diarias o de la premisa
INFORME Y TRABAJO DEL CONTADOR PUBLICO
:fountain_pen:
Cuando el Contador Público en el desempeño de su trabajo se encuentra con
circunstancias que no le permitan seguir desarrollándolo
podrán suscribir dictámenes e informes
aquellos socios que posean titulo de Contador Público, debidamente matriculados en el Colegio de Contadores de Bolivia.
Tratándose de sociedades profesionales, los socios no podrán contratar o hacer
trabajos profesionales por su cuenta, sin el consentimiento previo de los otros socios.
El dictamen, informe y opinión del Contador Público debe ser redactado de tal
manera que exprese claramente:
Su opinión adversa; o su abstención
Su opinión con las excepciones, limitaciones o salvedades
Su opinión sin excepciones, limitaciones o salvedades
El Contador Público que ejerza independientemente expresa su opinión en los
asuntos que se le hayan encomendado, teniendo en cuenta los lineamientos expresados en
este Código de Ética
La presentación simultáneamente de dos o más tipos de servicios profesionales no
impide, por si misma la integridad, objetividad e independencia.
En caso de trabajos específicos, en los que se requiera el concurso de profesionales de otras ramas se deberá obtener la firma, y registro profesional de los mismos para refrendar a los informes que se emitan.
Un profesional en el ejercicio de la auditoria independiente no debe comprometerse
simultáneamente en ningún negocio
13.7Ningún Contador Público que ejerza independientemente la profesión, permitirá
actuar en su nombre en función profesional a persona que no sea socio
Cuando un Contador Público acepte un cargo incompatible con el ejercicio
independiente de la profesión, deberá interrumpir el desempeño de su actividad
profesional independiente
El Contador Público que ejerce la profesión individualmente o las sociedades no podrá emitir informe o dictamen sobre estados financieros, a la misma fecha en que hayan
sido informados o dictaminados por otros Contadores Públicos
Tienen la obligación de hacer que su equipo de trabajo se adhiera a este código