Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
LOS INCIDENTES COMO MEDIOS DE IMPUGNACION ley en mexico - Coggle Diagram
LOS INCIDENTES COMO MEDIOS DE IMPUGNACION
Es un hecho incidental que se origina en el negocio y que interrumpe, altera o suspende su curso normal, principalmente relacionado estrechamente con el juicio, generalmente referido al aspecto formal, teniendo lugar en el exterior, en el interior o incluso después de la ejecución de la sentencia después del proceso; de las autoridades judiciales, las desviaciones de los procedimientos rectores o de las reglas básicas de su manejo son necesarias porque, si no se aborda el tema, pueden resultar varios aspectos de daños irreparables.
Segun el Incidente o tramitacion del juicio se clasica en :
Incidente de previo y especial pronunciamiento,Es una suspensión obligatoria del juicio sobre el asunto principal hasta que se resuelva por completo, mientras el asunto se tramite y resuelva mediante sentencia que no afecte el fondo del negocio o su naturaleza o que tenga esa naturaleza, pero si el procedimiento no se suspende, se decidirá directamente, sin forma de prueba.
-
Especies de incidentes
Cumplimiento substituto, Falsedad de documentos, Falsedad de firma, Falta de personalidad, Excusa, Recusación, Incompetencia, Incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión, Inejecución de sentencia, Innominado, Nulidad de notificaciones, Modificación o revocación de la suspensión provisional o definitiva, Reclamación de daños y perjuicios a que se refiere el artículo 156 de la Ley de Amparo, Repetición del acto reclamado, Reposición de constancias de autos, Separación de juicios, Suspensión del acto reclamado, Aclaración de sentencia, Obtención de documentos y Acumulación.
-
-
Incidentes que son de especial pronunciamiento pero que no suspenden el procedimiento
La notificación de los hechos de nulidad tiene declaración especial pero no suspende el procedimiento y se tramitará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la Constitución.
Es el procedimiento legal según el cual la notificación dada a las partes viola la forma básica del trámite exigido por cada procedimiento, su origen, al igual que el derecho de los derechos constitucionales, tiene un orden desde el momento o la etapa de la procedimiento cuando se produce la nulidad La validez del procedimiento de reposición puede decretarse antes de la sentencia de primera instancia o de instancia individual en las materias siguientes, o de la acción posterior al dictado, pero sólo de la acción posterior a ésta.
Incidentes que no son de especial pronunciamiento
-
-
Incidente de modificación o revocación de la suspensión provisional o definitiva,
-
Incidente de exceso o defecto en la ejecución de la suspensión de plano o definitiva del acto reclamado
Incidente de incumplimiento de la suspensión de plano o definitiva del acto reclamado o violación a la suspensión del acto reclamado
-
-
-
-
-