Se consideran bienes culturales: a los bienes, muebles o inmuebles, que tengan una gran importancia para el patrimonio cultural de los pueblos, como los monumentos de arquitectura, de arte o de historia, los campos arqueológicos, los grupos de construcciones, las obras de arte, manuscritos, libros, colecciones científicas, de archivos o de reproducciones y otros objetos de interés histórico, artístico o arqueológico.