Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todas las entidades que emitan estados financieros de acuerdo con lo establecido en la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.
Esta NIF no establece el tratamiento contable, por existir normas específicas para ello, de:
a) Los anticipos de impuestos a la utilidad, ya que este tema se encuentra normado en la NIF D-4, Impuestos a la utilidad.
b) El activo neto proyectado derivado de los planes de beneficios a los empleados cuyo tratamiento se encuentra en la NIF D-3, Beneficios a los empleados.
c) Los intereses pagados por anticipado, ya que su reconocimiento contable se establece en las normas relativas a arrendamientos, pasivos e instrumentos financieros.