Para la conformación de una región autónoma los gobiernos se constituirá un proyecto de ley este incluirá información sobre el territorio, pero no modificará los cantones, la asamblea nacional y se pondrá a votación se resolverá en 120 días, ya conforma a ser un proyecto de estatus autónomo que tendrá denominación, símbolos, principios, y contará con bienes y recursos propios; de esta manera pasará a la corte constitucional y se verifica su conformidad con la constitución y esto será revisado en un máximo de 45 días si no se dictara un dictamen en ese lapso será favorable.
La consulta popular se hará conforme a la ley y sus instituciones y entidades en 15 días con el consejo electoral con los cantones asociados, esta se hará en 45 días siguientes de la petición, la vigencia de ley y estatus se mencionara cuando se haya aprobado como un registro oficial, en los 45 días siguientes se elegirá las autoridades correspondientes.