4.2.- ELEMENTOS DE CONTRATO DE SOCIEDAD COMERCIAL.-El contrato de sociedad es un documento que se constituye mediante escritura pública, por medio del cual dos o más personas –sean naturales o jurídicas–, se comprometen a realizar una serie de aportes en dinero, trabajo o cualquier bien que pueda ser apreciado en dinero, con el objetivo de repartirse las ganancias que se obtengan a través de la actividad empresarial.
Artículo 98. Contrato de sociedad – concepto – persona jurídica distinta. Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.
La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados.