Cualquier indicio de represalia por parte de oficiales reconocidos de las fuerzas armadas debe aclararse y remediarse, especialmente en los casos en que se hayan violado los derechos humanos. Por lo tanto, las Partes remiten la consideración y resolución de este asunto a la Comisión de la Verdad. Todo ello sin perjuicio del principio, que también reconocen las Partes, de que los actos de esta naturaleza, cualquiera que sea el sector al que pertenezcan sus autores, son objeto de la acción ejemplar de los tribunales de justicia, por lo que podrá aplicarse a los sujetos. a las penas previstas por la ley.