Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
384 a.c - 322 a.c ARISTÓTELES, 106 a.c - 43 a.c CICERÓN, 1953 THEODOR…
-
106 a.c - 43 a.c CICERÓN
- En el discurso se debe enseñar, conmover y agradar.
- Es uno de los pilares centrales en la edificación y construcción de un modelo discursivo, creativo y conservador.
-
1953 THEODOR VIEHWEG
- Tópica y Jurisprudencia, consistía en plantear el interés que tenía para el derecho la reflexión retórica o tópica.
- 3 elementos: técnica del pensamiento problemático, idea del topoi, búsqueda y análisis de premisas.
- Tiene ideas equívocas: negar la importancia de la función, el sistema, la estructura, la hipótesis y los dispositivos éticos al interior de los saberes jurídicos.
1958 CHAIM PERELMAN
- La lógica se deriva de la retórica, y la argumentación jurídica es el paradigma dela argumentación retórica.
- Dos conceptos: La Sociedad in genere, el segundo es un auditorio concreto y determinado.
- Rechaza el modelo teórico del positivismo jurídico y propone un derecho natural positivo.
1958 STEPHEN E. TOULMIN
- Para establecer un modelo argumental existen cuatro elementos: la pretensión, las razones, las garantías y el respaldo.
- Propone una teoría de la argumentación, utiliza filosofía analítica, argumentar significa esforzarse por configurar una pretensión con una estructura racional sólidamente construida con la idea de generar buenas razones.
1978 NEIL MACCORMICK
- Su prototipo argumentativo implica la construcción de una teoría de corte descriptivo y normativo que analice, las variables deductivas y las no deductivas, ofrece una batería argumentativa que permite ubicar su modelo al interior del contexto de justificación.
- Supone articular una teoría de la razón práctica con la teoría de las pasiones, una propuesta que sea descriptiva y normativa, que de cuenta de la racionalidad y de la afectividad.
1981 JURGEN HABERMAS
- La racionalidad comunicativa se basa en el estudio de las condiciones y estructuras centrales de la argumentación, sugerir una dimensión discursiva de la aceptabilidad racional de nuestras teorías y enunciados.
1989 ROBERT ALEXY
- Su modelo emerge de una teoría de la argumentación práctica, que aplica luego a los saberes jurídicos considerando al discurso del derecho, como un caso especial del discurso práctico general, el discurso moral.
- Plantea las reglas fundamentales, las reglas de razón, reglas sobre la carga de la argumentación, la forma de los argumentos, reglas de la fundamentación y las reglas de transición.
-
-
-
-
-
-
-
-
-