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TITULO IV, CAPÍTULO I - Coggle Diagram
TITULO IV
CAPÍTULO I
DE LOS REQUISITOS
Art. 68.- Responsables del registro en el Sistema Académico de los requisitos para obtención de títulos de tercer nivel.
Art. 70.- Declaratoria de haber completado el currículo.- El Secretario verificará la aprobación de todas las materias, suficiencia de Idiomas, disciplina deportiva, prácticas Pre proporcionales, luego se otorga el certificado de haber completado el currículo.
Art. 69.- Certificado de Paz y Salvo.-
En este certificado redacta si el estudiante ha echo uso de los dispositivos o materiales que ofrece la institución y no ha dejado ningun daño colateral.
Art. 71.- Responsabilidad y contenido del expediente del estudiante.-
En este artículo la institución tiene documentos educativos del estudiante.
Art. 67.- Requisitos para obtención de títulos de tercer nivel.- Son requisitos para la obtención de los títulos académicos de tercer nivel o de grado:
Acta Consolidada de la Auditoría académica aprobada en Consejo Directivo.
Art. 72.- De las designaciones honoríficas en los títulos.- Aquí se designa la nota de grado como mínima de 9.8 sobre 10, emitida por la Universidad Técnica de Cotopaxi.
Art. 73.- Propiedad Intelectual, Exclusividad.-
Los trabajos de titulación no pueden ser no podrán ser
utilizados para otros títulos.
CAPÍTULO II
DE LA NOTA FINAL DE GRADO
Art. 76.- Para aquellos estudiantes que optaron por el examen Complexivo, la nota de
Titulación será el resultado promedio de la calificación del examen complexivo y la nota promedio obtenida durante los ciclos de estudio cursados.
Art. 75.- Evaluación final de grado.
La nota de graduación se promediará con el trabajo de titulación y las calificaciones de semestres anteriores.
Art. 77.- Las calificaciones se consignarán con centésimas. La nota final de titulación se expresará con centésimas del promedio alcanzado por el o los postulantes.
Art. 74.- Evaluación del Trabajo de Titulación
ESCALA NUMÉRICA CALIFICACIÓN CUANTITATIVA
9,00 - 10,00 Excelente A
8,00 - 8,99 Muy Bueno B
7,50 - 7,99 Bueno C
7,00 - 7,49 Regular D
0,00 - 6.99 Deficiente E
CALIFICACIÓN CUALITATIVA
CAPÍTULO III
DEL REGISTRO DE LOS TÍTULOS
Art. 81.- Legalización y refrendación de Títulos.- Los títulos serán legalizados por la Secretaría General y, refrendadas por el Rector de la Institución y el Decano de la Facultad.
Art. 79.- Trámites administrativos para el registro de Títulos.- El proceso de registro de los Títulos de Grado, será de la siguiente manera: La Secretaría enviará la nómina de graduados .
La SENESCYT validará la información,.
Art. 80.- Los trámites administrativos para la entrega de Títulos:
Las Secretarías Académicas enviará la nómina de graduados, luego el Secretario entregará los títulos al graduado, para que registre.El Secretario General recibirá los títulos llenados y validados y El Secretario General entregará el título al graduado.
Art. 78.- Responsabilidad de las Actas Consolidadas y de Graduación.- La secretaria emite la Acta Consolidada del promedio de las asignaturas y un Acta de graduación de la nota de trabajo de titulación.
CAPÍTULO IV
DE LA AUSENCIA
Art. 84.- Ausencia de Lectores de titulación.-
Si un lector no se presenta en quince minutos, el Director de Carrera podrá sustituirlo y si la inasistencia es justificada en 48 horas se sancionará según Estatun.
Art.- 82.- Para el estudiante que realiza defensa tendrá tres días hábiles para presentarse, y para los estudiantes que realicen el examen complexivo tendrán cinco días hábiles, caso contrario otendrá una calificación de cero en el trabajo de titulación.
Art. 83.- La ausencia de Tutores y Lectores del Tribunal.-
El director de carrera presentará una propuesta al Consejo directivo por ausencia para sustituir a los tutores y lectores del tribunal .
CAPÍTULO V
DEL ABANDONO
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CALIFICACIÓN FINAL DE GRADO