Los documentos como medios de prueba tienen gran utilidad para la formación del convencimiento del juez, dentro de los cuales encontramos entre otros los vídeos, escritos, fotografías, la Ley penal procedimental colombiana dispuso cuáles elementos son considerados prueba documental señalando los textos manuscritos, mecanografiados o impresos, grabaciones magnetofónicas, discos contentivos de grabaciones, grabaciones fonópticas o vídeos, películas cinematográficas, grabaciones computacionales, mensajes de datos y similares, fotografías, radiografías, ecografías, tomografías, electroencefalogramas, electrocardiogramas (Ley 906 de 2004, art.424).