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Principios fundamentales del derecho penal
principio de culpabilidad.
"No hay pena sin culpabilidad y la medida de la pena, no puede superar la medida de la culpabilidad"
principio del derecho penal del acto
El derecho penal sanciona la conducta no la personalidad del delincuente
En este sentido, se distingen entre derecho penal del acto y del autor, ya que en virtud del primero se preohibe la responsabilidad objetiva del derecho penal, al sancionar estrictamente la comision de conductas
El principio del derecho penal del acto se encuentra plasmado en los Art.- 14,16 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Art. 5° del nuevo codigo penal
Principio de prohibición de las penas trascendentales
En virtud del principio de la personalidad de las penas se considera que, sólo en la medida de que se pueda hacer realmente el sujeto reproche de haber participado en alguna forma culpable, activa o pasiva, dolosa o imprudente, en el hecho delictivo se considera justo una responsabilidad penal
Este principio se encuentra plasmado en el artículo 22 constitucional.
Principio In dubio pro reo, o de presunción de inocencia
La razón de ser de la presunción de inocencia es la seguridad jurídica, la
necesidad de garantizar a toda persona inocente que no será condenada sin que existan pruebas suficientes que destruyan tal presunción; esto es, que demuestren
su culpabilidad y que justifiquen una sentencia condenatoria en su contra
El principio de presunción de inocencia se encuentra implícito en los artículos 14,
16, 19, 21 y 102 constitucionales.
Principio del bien juridico
El bien jurídico es el objeto efectivamente protegido por la norma penal vulnerada de que se trate.
Los bienes jurídicos son intereses vitales de la comunidad a los que el derecho penal otorga su protección. Protección significa que mediante normas jurídicas se prohiben con amenaza de pena las acciones idóneas para menoscabar de modo particularmente peligroso los intereses vitales de la comunidad.
Mildred Bautista