EL CONTRATO Y LAS REGLAS GENERALES EN MATERIA CONTRACTUAL

Se divide en:

EL CONCEPTO DE CONTRATO

LAS REGLAS GENERALES EN MATERIA CONTRACTUAL

Un contrato es un acuerdo jurídico entre dos o más partes que genera derechos y obligaciones

es por ello que

El contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial.

estando constituido mediante 4 ELEMENTOS O COMPONENTES

EL EFECTO JURÍDICO PATRIMONIAL

LAS PARTES

EL ACUERDO

LA CREACIÓN, TRANSFEENCIA, REGULACIÓN, MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN

Es considerado como un acto de decisión adoptado por dos o más interesados en la satisfacción de necesidades que experimentan

Dos o más personajes capacitadas (conocidas como las partes del contrato), que se obligan en virtud de este documento hacia una determinada finalidad o cosa, cuyo cumplimiento debe darse de manera siempre bilateral

Puede generar

es por ello que

Implica un acto de voluntad plurisubjetivo por la incidencia o coincidencia de voluntades.

REGLA DEL CONSENSUALISMO

LA REGLA DE INTEGRALIDAD

REGLA DE AUTONOMÍA PRIVADA

LA REGLA DE RELATIVIDAD

LA REGLA DE VINCULATORIEDAD

Los contratos son un tipo de documento que vincula a ambas partes y deja constancia de derechos y obligaciones, sus características principales son:

Genera obligaciones y derechos.

Se confecciona con el consentimiento de las partes y se rige por el principio de autonomía de la voluntad.

Puede ser oral y escrito.

Contiene las reglas de conducta privadas que han de cumplir ambas partes.

Cuenta con responsabilidad contractual: el acreedor puede exigir la satisfacción de las deudas o el cumplimiento de las obligaciones al deudor.

significa que los particulares son libres de cumplir las operaciones que quieran, salvo los límites impuestos por el ordenamiento jurídico.

Bajo el principio del consensualismo las partes son libres para escoger la forma para exteriorizar la voluntad, lo que implica que para materializar el pacto será necesaria la utilización de alguna forma de exteriorización.

El principio de relatividad de los contratos, aquel por el que los efectos de lo que se pacta en los mismos solo alcanza a las partes intervinientes, es uno de los axiomas que configuran el armazón de las relaciones comerciales

Menciona que la relación jurídica contractual se vincula tanto en partes como en el fondo sustancial del contrato, constituyendo de esta manera una mera expresión de derecho.

Menciona que la regla de integralidad están relacionadas a que independientemente de las partes sustanciales de un contrato forman el uno sólo del mismo constituyendo de esta manera su legitimidad.

BERROCAL MINCHEZ, GUSTAVO PIERO