MARCO LEGAL DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES EN EL PERÚ

son instituciones autónomas con personalidad derecho público

se rigen por su ley de creación Artículo 20 de la Constitución Política del Perú

rige el ejercicio profesional de los Colegidos

sus estatutos

reglamentos

código de ética

Las resoluciones administrativas

afecta a un colegiado

agotan la vía administrativa

son susceptibles de impugnación

Las resoluciones que aprueban reglamentos

normas administrativas

resoluciones

decretos de carácter

se pueden impugnar mediante una Acción Popular

Inciso 5 del Artículo 200º de la Constitución Política del Estado

La Ley Nº25892 y la Ley Nº26776

no es aplicable a los Colegios Profesionales de la Salud

ámbito nacional tengan un Junta de Decanos

crea como órganos

convocatoria a asambleas

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