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SISTEMA TRIBUTARIO - Coggle Diagram
SISTEMA TRIBUTARIO
Del Gobierno Municipal
Pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Constituyen rentas de las municipalidades.
Los tributos
Son creados por ley a su favor, las contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipal, conforme a ley y los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal.
Se sustentan en
Los impuestos nacionales creados a favor de las Municipalidades distribuidos mediante el Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN
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Impuestos Municipales
Administración Distrital
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Impuesto a los Juegos (pimball, bingo, rifas y similares)
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Tasas Municipales
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Otras tasas por la realización de actividades sujetas a fiscalización o control municipal extraordinario.
Del Gobierno Central
Los tributos
Se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo.
El estado
Al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio.
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Tasas
Tasas por la prestación de servicios públicos, tales como los derechos por tramitación de procedimientos administrativos
Del Gobierno Regional
Constituyen rentas de los Gobiernos Regionales, entre otros, los tributos creados por ley a su favor.
Los tributos
Regionales cuya recaudación y administración será de cuenta directa de los gobiernos regionales serán propuestos por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República para su aprobación.
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