Según Ñustes (s.f), en Colombia la educación es un derecho-deber de la persona y lo integran cuatro derechos fundamentales: disponibilidad, acceso, permanencia y calidad. Art 68: Constitución nacional: "La educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado ". Ley General de educación Art 1: "la educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos, y sus deberes. (...)" "Escuelas para todos", instituciones que incluyan a todos, celebren las diferencias , respalden el aprendizaje y respondan a las necesidades de cada cual". (Salamanca,1994,citado en Ñustes (s.f) ).