Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
CAPITULO II, DEL EXAMEN DE GRADO DE CARÁCTER COMPLEXIVO PRÁCTICO - Coggle…
CAPITULO II
Art. 31.- Recalificación del Examen de Grado de carácter Complexivo Teórico
Art. 30.- Reprobación del Examen Complexivo Teórico
Art. 29.- Aprobación del Examen Complexivo Teórico
Art. 28.- Aplicación del Examen de grado de carácter complexivo teórico
:check: tendrá como componente para su evaluación la aplicación de un instrumento diseñado con reactivos
:check: La evaluación teórica tendrá preguntas con 100 ítems seleccionados de forma aleatoria
:check: En caso de encontrar novedades el estudiante notificará al tribunal de veedores para que registre la pregunta o el número de reactivo con su respectiva evidencia
:check: La nota mínima de aprobación del examen teórico será de SIETE (7).
:check: Tendrá una segunda y última oportunidad que será receptada en la semana diecisiete, de no aprobarse el examen teórico por segunda ocasión deberá elegir una nueva modalidad de titulación por única vez debiendo solicitar primera prorroga.
Art. 32.- Informe del Tribunal
:check: Elaborará el informe del proceso de ejecución del examen
:check: El presidente del Tribunal remitirá las Actas de calificaciones del examen y los instrumentos ejecutados por los estudiantes el mismo día de la recepción a la Secretaría Académica.
:check: El estudiante
tendrá tres días hábiles para solicitar recalificación, con base al Reglamento de Régimen Académico Institucional.
DEL EXAMEN DE GRADO DE CARÁCTER COMPLEXIVO TEÓRICO
DEL EXAMEN DE GRADO DE CARÁCTER COMPLEXIVO PRÁCTICO
Art. 35.- Evaluación del proceso de examen de grado de carácter complexivo práctico
Art. 34.- Aplicación del examen de grado de carácter complexivo práctico
Art. 33.- Requisitos para rendir el Examen de grado de carácter complexivo práctico
El estudiante para presentarse a rendir el Examen de grado de carácter complexivo
práctico:
:check: Aprobación del Examen de grado de carácter complexivo teórico.
:check: El examen se construirá en base a Estudio de caso, problemas y/o casos prácticos a ser ejecutado por el estudiante que será entregado al tribunal de examen de grado el día de la aplicación del examen.
Art. 36.- Reprobación del Examen Complexivo Práctico
Art. 37.- Nota final de graduación
a) Promedio de las calificaciones obtenidas durante los ciclos de estudio cursados por el
postulante con centésimas.
b) Promedio de las calificaciones de la modalidad de titulación: examen de grado de
carácter complexivo teórico y práctico.
:check: Las calificaciones mencionadas, se consignarán con centésimas. La nota final de graduación se expresará con centésimas del promedio alcanzado por el estudiante.
:check: Tendrá una segunda y última
oportunidad que será receptado en cinco días término.
:check: Si el estudiante, no aprobare por segunda
oportunidad deberá solicitar primera prórroga para una nueva preparación autónoma para rendir examen complexivo práctico durante un periodo académico
:check: En caso de reincidir en la no aprobación solicitará una segunda prórroga con cambio de Modalidad de Titulación, donde deberá desarrollar su trabajo investigativo durante éste periodo académico, el pago de matrícula será el establecido por la Institución y lo determinará el Reglamento por perdida de la gratuidad de educación.
:check: Si persistiera la no titulación luego del periodo de prorrogas el estudiante deberá acogerse al Artículo 10 del presente Reglamento.
:check: Será demostrado en forma oral escrita y/o práctica,
:check: Deberá ser aprobado con una nota mínima de 7/10 puntos
:check: En caso que el estudiante tenga alguna observación con la nota obtenida podrá solicitar recalificación del examen en un plazo máximo de 2 días laborables, contados a partir de la publicación de la nota
CAPITULO III