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Unidad 5 "Procedimiento de Huelga"
¿Qué es?
Suspensión temporal del trabajo
Puede abarcar a una empresa o a uno o varios de sus establecimientos
LLevada a cabo por una coalición de trabajadores.
Objeto de la Huelga
Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción
Obtener del patrón la celebración del contrato colectivo
Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley
Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley
Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;
Apoyar una huelga
Exigir la revisión de salarios
Suspensión del Trabajo
Se realice por la mayoría de los trabajadores de la empresa o establecimiento
Se cumplan previamente los requisitos señalados en el artículo 920 de LFT
Procedimiento de la Huelga
Se iniciará mediante la presentación del pliego de peticiones
Se dirigirá por escrito al patrón
Se presentará por duplicado al Tribunal competente
El aviso para la suspensión de las labores deberá darse, por lo menos, con seis días de anticipación a la fecha señalada
Audiencia de Conciliación
Si el patrón opuso la excepción de falta de personalidad al contestar el pliego de peticiones
Si los trabajadores no concurren a la audiencia de conciliación, no correrá el término para la suspensión de las labores
El Tribunal podrá emplear los medios de apremio para obligar al patrón
Se podrá prorrogar o ampliar el período de prehuelga